Sin Vigencia
TRANSFIÉRESE A PRIMERA CATEGORÍA O LISTA NÚMERO UNO, LAS PARTES Y REPUESTOS PARA MAQUINARIA INDUSTRIAL
DECRETO EJECUTIVO N°. 17, aprobado el 6 de noviembre de 1957
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 257 del 12 de noviembre de 1957
DECRETO No. 17
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el Arto. 17 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales de 24 de junio de 1955,
Decreta:
Arto. 1. — Se transfieren a Primera Categoría o Lista Número Uno, con independencia de la numeración arancelaria en que se encuentren, las partes y repuestos para maquinaria Industrial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, D.N., seis de noviembre de mil novecientos cincuenta y siete. — LUIS A. SOMOZA D. — El Ministro de Estado en el Despacho de Economía, Enrique Delgado.