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(MODIFICAR LOS ACUERDOS MINISTERIALES 008-2020 Y 009-2020 EMITIDOS EN FECHA 24 Y 29 DE JULIO 2020 RESPECTIVAMENTE, INCORPORANDO LOS CÓDIGOS DE SERIE PARA CADA CREACIÓN, CONFORME LAS CARACTERÍSTICAS AUTORIZADAS EN DICHOS ACUERDOS MINISTERIALES)
ACUERDO MINISTERIAL N°. 010-2020, aprobado el 07 de septiembre de 2020
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 173 del 22 de septiembre de 2020
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO:
I
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó la creación de Bonos de la República de Nicaragua mediante Acuerdo Ministerial No. 008-2020 de fecha 24 de julio del 2020, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 142 del 03 de agosto 2020 "Autorización a la Tesorería General de la República a emitir Bonos de la República de Nicaragua" por la suma de US$20,000,000.00 (Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), y Acuerdo Ministerial No. 009-2020 de fecha 29 de julio del 2020, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 145 del 06 de agosto 2020 "Autorización a la Tesorería General de la República a emitir Bonos de la República de Nicaragua" por la suma de US$120,000,000.00 (Ciento Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América).
II
Que el Acuerdo Ministerial No. 13-2018, establece en su Artículo 1, literal e) Serie, que los Bonos de la República de Nicaragua deberán emitirse en serie de forma estandarizada y desmaterializada. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Acuerdo Ministerial autorizará las series y el monto de emisión.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren el artículo 21 de la Ley No. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo", con reformas incorporadas publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 35 del 22 de febrero de 2013 y sus Reformas; artículos números 21, 22, 24, 32 y 89 de la Ley No. 477, "Ley General de Deuda Pública", publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del día 12 de diciembre del año 2003; artículos números 25, 26, 32, 33 y 35 del Decreto No. 2-2004 "Reglamento de la Ley No. 477 Ley General de Deuda Pública", publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 21 del día 30 de enero del año 2004; artículo 1 del Decreto No. 18-2014 Reforma al Reglamento de la Ley No. 477, Ley General de Deuda Pública, Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 65 del 04 de Abril del 2014, Acuerdo Presidencial 29-2018, publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 242 del 13 de Diciembre del 2018.
ACUERDA:
Artículo 1.-Modificar los Acuerdos Ministeriales 008-2020 y 009-2020 emitidos en fecha 24 y 29 de julio 2020 respectivamente, incorporando los códigos de serie para cada creación, conforme las características autorizadas en dichos Acuerdos Ministeriales:
Artículo 2.-El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de septiembre del año dos mil veinte. (f) lván Acosta Montalván, Ministro.