IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Empresa Industria y Comercio

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

SE SUSPENDEN LOS EFECTOS DE UNA LEY

DECRETO EJECUTIVO N°. 175, aprobado el 20 de septiembre de 1929

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 212 del 23 de septiembre de 1929

El Presidente de la República,

En consideración a las razones expuestas por un grupo de comerciantes de esta capital para que se les permita la venta de mercaderías, en los días domingos y de fiestas nacionales y en atención a la aguda crisis económica por que atraviesa actualmente el gremio de comerciantes de la República;

Por tanto,

en uso de las facultades que le he delegado el Congreso Nacional para legislar en el ramo de Policía,

Decreta:

1º- Suspender los efectos de la ley de 17 de Noviembre de 1911, que prohíbe la venta de toda clase de mercaderías y licores fuertes en días domingo y demás de fiestas nacionales, quedando exentos de prestar servicios en estos días, los dependientes y demás empleados de comercio.

2º- Esta suspensión es por tiempo indeterminado, quedando al prudente arbitrio del Poder Ejecutivo regular la época en que vuelva a ponerse en vigor la referida ley.

3º- Este decreto comenzará a regir desde su publicación por bando en las cabeceras departamentales.

Dado en Casa Presidencial- Managua, veinte de septiembre de mil novecientos veintinueve. - J. M. Moncada - El Ministro de Policía – Benj. Abaunza.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa