SE APRUEBAN LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA
DECRETO LEGISLATIVO N°. aprobado el 20 de junio de 1933
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 158 del 21 de julio de 1933
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETAN:
Único: Aprobar en todas sus partes los actos del Poder Ejecutivo en el ramo de Instrucción Pública, consignados en la Memoria respectiva y correspondientes al período comprendido entre el 1º de Enero de 1932 y el 31 de Diciembre del mismo año.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., junio 20 de 1933. Benj. Lacayo S., D. P., Edmundo López, D. S., Art. Zelaya, D. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, 29 de junio de 1933. Onofre Sandoval, S. P., Modesto Armijo, S. S., Alberto Gómez, S. S.
Por Tanto: EJECÚTESE. Casa Presidencial. Managua, D. N., 3 de julio de 1933. JUAN B. SACASA. Presidente de la República. El Ministro de Instrucción Pública y Educación Física, C. URCUYO.
Observación: El Decreto Legislativo, Se Aprueban los Actos del Poder Ejecutivo en el Ramo de Instrucción Pública, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Gobernabilidad.