Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Gobernabilidad
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia
(SE APRUEBAN LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA)

DECRETO LEGISLATIVO N°. aprobado el 20 de junio de 1933

Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 158 del 21 de julio de 1933

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

DECRETAN:

Único: Aprobar en todas sus partes los actos del Poder Ejecutivo en el ramo de Instrucción Pública, consignados en la Memoria respectiva y correspondientes al período comprendido entre el 1º de Enero de 1932 y el 31 de Diciembre del mismo año.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., junio 20 de 1933. Benj. Lacayo S., D. P., Edmundo López, D. S., Art. Zelaya, D. S.

Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, 29 de junio de 1933. Onofre Sandoval, S. P., Modesto Armijo, S. S., Alberto Gómez, S. S.

Por Tanto: EJECÚTESE. Casa Presidencial. Managua, D. N., 3 de julio de 1933. JUAN B. SACASA. Presidente de la República. El Ministro de Instrucción Pública y Educación Física, C. URCUYO.
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