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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Municipal


RESTABLÉCESE EL MUNICIPIO DE SAN JUAN DEL SUR, SUPRIMIDO POR DECRETO DE 15 DE JUNIO DE 1896

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 24 de enero de 1917

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 02 de febrero de 1917

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado y Cámara de Diputados de Nicaragua,

Decretan:

Artículo 1° – Restablécese el Municipio de San Juan de Sur, suprimido por decreto de 15 de junio de 1896.

Artículo 2° – La Municipalidad será integrada por un Alcalde, un Suplente, un Síndico, dos Regidores Propietarios y un suplente,

Artículo 3° – Se faculta al Jefe Político del departamento de Rivas para que por estavez, fije la fecha en que deba efectuarse la elección, practique el escrutinio final y dé posesión a los electos.

Artículo 4° – Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado, Managua, 22 de enero de 1917 – M. J. Morales, S. P. – Juan J. Ruiz, S. V. S. – Benj. Elizondo, S. S.

Al Poder Ejecutivo. Cámara de Diputados, Managua, 24 de enero de 1917 – Mariano Zelaya B., D. P. – D. Calero B., D. S. – Aníbal Solórzano, S. D.

Por tanto: Ejecútese – Casa Presidencial, Managua, veinte y cuatro de enero de mil novecientos diecisiete – Emiliano Chamorro. – El Ministro de la Gobernación. – R. Cabrera.

Observación: El Decreto Legislativo S/N, Restablécese el Municipio de San Juan del Sur, Suprimido por Decreto de 15 de Junio de 1896, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.
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