(FE DE ERRATA AL DECRETO LEGISLATIVO N°. 44 REFORMAS A LA LEY SOBRE IMPUESTO GENERAL DE VENTAS E IMPUESTOS SELECTIVOS DE CONSUMO)
FE DE ERRATA
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 219 del 27 de septiembre de 1975
"FE DE ERRATA:
(Relativo a Impuesto Selectivo de Consumo)
En el Arto. 2o., Inciso b) del Decreto No. 44 del 5 de Septiembre de 1975, publicado en “La Gaceta” No. 207 del 11 de Septiembre de 1975, se omitió el rubro arancelario 841-05-06 — De algodón, puro o mezclado, que deberá incluirse entre los rubros arancelarios 841-05-05 — De Lino o ramio, puros o mezclados y 841-05-07 — De otras fibras textiles, n.e.p. puras o mezcladas y que deberá leerse así:
841-05-06- De Algodón puro o mezclado”.
LA DIRECCION
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.