Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Fe de Errata
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EN LA GACETA N°. 89 CON FECHA 17-05-2021, SE PUBLICÓ Y ENTRÓ EN VIGENCIA LA LEY N°. 1072, LEY DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY Nº. 977, LEY CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS, EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO Y EL FINANCIAMIENTO A LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA Y ADICIÓN A LA LEY Nº. 561, LEY GENERAL DE BANCOS, INSTITUCIONES FINANCIERAS NO BANCARIAS Y GRUPOS FINANCIEROS)

FE DE ERRATA, aprobada el 13 de mayo de 2021

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 90 del 18 de mayo de 2021

La Gaceta, Diario Oficial En La Gaceta No. 89 con fecha 17-05-2021, se publicó y entró en vigencia la Ley Nº. 1072, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Nº. 977, Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y Adición a la Ley Nº. 561, Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros, en cuya publicación por error de edición, se omitió la Sanción del Presidente de la República de Nicaragua, la cual debe ir después de la firma del Autógrafo de la Ley No. 1072, de la Primera Secretaria de la Asamblea Nacional, Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, mismo que deberá leerse así:

Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, el día trece de mayo del año dos mil veintiuno. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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