Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Salud, Medio Ambiente y Recursos Naturales
Categoría normativa: Resoluciones
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(AUTORÍCESE LA TARIFA DE LOS COSTOS DEL SERVICIO POR LA EMISIÓN Y REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS FITOSANITARIOS Y SANITARIOS DE EXPORTACIÓN)
RESOLUCIÓN EJECUTIVA N°. 056-2018, aprobada el 27 de septiembre de 2018

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 192 del 05 de Octubre de 2018

RICARDO JOSÉ SOMARRIBA REYES, mayor de edad, soltero, Ingeniero Agrónomo, de este domicilio, identificado con cédula de identidad ciudadana Nº 281- 070258-0011 M; en mi carácter de Director Ejecutivo del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, según Acuerdo Presidencial Nº 01-2017 publicado en La Gaceta Diario Oficial Nº 10 de fecha dieciséis de enero del año dos mil diecisiete.
CONSIDERANDO

I

Que la Ley 862, Ley Creadora del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, establece en a su artículo 4 numeral 4 que dentro de sus funciones se encuentra el aprobar y emitir las tarifas por servicios especializados brindados por el Instituto previa consulta con el presidente de la república.
II

Que se hace necesario establecer las tarifas por servicios que se están brindando por el IPSA, servicios que no se están cobrando por no estar consideradas en el Acuerdo Ministerial No. 006-2012, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 94 y 95 del 22 y 23 de mayo del dos mil doce.
POR TANTO

En uso de las facultades que me confiere la Ley 862 Ley Creadora del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 91 del 20 de mayo del año 2014.
RESUELVO

PRIMERO: Autorícese la tarifa de los costos del servicio por la emisión y reposición de Certificados Fitosanitarios y Sanitarios de Exportación, Análisis de Riesgo Sanitario para importación de animales vivos, productos, subproductos de origen animal, alimentos para mascotas, productos veterinarios, biológicos y material patológico, Análisis de Riesgo Sanitario para la importación de alimentos de Origen Vegetal y Animal (pesqueros o de la Acuacultura, Cárnicos, Avícolas, Lácteos, Frutas y Vegetales), emitidos/o realizados por el IPSA que no están considerados dentro del Acuerdo Ministerial Nº 006-2012, publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 94 y 95 del 22 y 23 de mayo del dos mil doce.

SEGUNDO: Los costos de las tarifas por servicios serán establecidas en pesos centroamericanos, para los siguientes conceptos:


DIRECCIÓN DE SANIDAD VEGETAL Y SEMILLAS
Departamento de Inspección y Certificación Fitosanitaria Sanitaria
Unidad de Medida
TARIFA
(U$= Peso Centroamericano)
Emisión de Certificados Fitosanitarios y Sanitarios de exportaciónPor CertificadoU$13.00
Reposición de Certificados Fitosanitario y Sanitario de exportaciónPor ReposiciónU$ 13.00
DIRECCIÓN DE SALUD ANIMAL
Sección Análisis de Riesgo
Unidad de medida
Precio U$
Elaboración de Análisis de Riesgo Sanitario para importación de Animales vivos.
Productos, subproductos de origen animal, alimentos para mascotas, productos veterinarios, biológicos y material patológico.
Por Análisis de RiesgoU$ 2,500.00
DIRECCIÓN DE INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
Sección Análisis de Riesgo
Unidad de Medida
Precio U$
Elaboración de Análisis de Riesgo Sanitario para la importación de alimentos de Origen Vegetal y Animal (pesqueros o de la Acuacultura, Cárnicos, Avícolas, Lácteos, Frutas y Vegetales).Por Análisis de RiesgoU$ 2,500.00

TERCERO: el tipo de cambio para el peso centroamericano es de uno por uno respecto al dólar de los estados unidos de América.

CUARTO: la presente Resolución Ejecutiva entrara en Vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, veintisiete de septiembre del año dos mil dieciocho. (f) Ricardo José Somarriba Reyes, Director Ejecutivo - IPSA.
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