Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(COMISIÓN MULTI-SECTORIAL)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 68-98, aprobado el 09 de marzo de 1998

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 63 del 1° de abril de 1998

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

ACUERDA:

Artículo 1.- Constituir una Comisión Multi-Sectorial para Estudio del contrato de concesión del Proyecto Canal Interoceánico de Nicaragua (CINN), la que estará integrada en la forma siguiente:
Artículo 2.- Los miembros propietarios y suplentes de las organizaciones no gubernamentales serán nombrados por el Presidente de la República de propuestas presentadas, por las distintas organizaciones relacionadas.

Artículo 3.- La Comisión sesionará cuando sea convocada por el Ministro de Construcción y Transporte o cuando lo soliciten cuatro de sus miembros.

Artículo 4.- Para que las sesiones de la Comisión sean válidas se requiere la presencia de por lo menos seis de sus miembros y el voto conforme de la mayoría de los presentes para adoptar resoluciones. En caso de empate en las votaciones, decidirá el voto del Presidente del Comité.

Artículo 5.- La Comisión contará con un Secretario, quien no será uno de sus miembros, encargado de llevar el Libro de Actas y librar las certificaciones que corresponden, y las demás funciones que le señale el Presidente de la Comisión el que será nombrado por el Presidente de la República.

Artículo 6.- La Comisión podrá asesorarse de todo el personal técnico necesario que su trabajo demande en cada una de las áreas de estudio.

Artículo 7.- El presente Acuerdo surte efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los nueve días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE R.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.
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