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Sin Vigencia
RATIFÍCASE CONTRATO DE PRÉSTAMO OTORGADO POR LA REPÚBLICA DE DINAMARCA A LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETO EJECUTIVO N°. 143, aprobado el 20 de diciembre de 1985
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 249 del 27 de diciembre de 1985
Ratificase Contrato de Préstamo
Decreto No. 143
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.-Se ratifica en toda y cada una de sus partes el contrato de préstamo otorgado por la República de Dinamarca a la República de Nicaragua por setenta y cinco millones de Coronas Danesas, para financiar Proyectos de Equipo Asfáltico para la rehabilitación de carreteras, mejoramiento de instalaciones, para el almacenamiento de granos, equipo para el sector avícola e imprevistos, suscrito en Managua, el veintinueve de Noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.
Artículo 2.-El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los Presupuestos de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco. "Por la paz,"Todos Contra la Agresión".-DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.- Presidente de la República.
Observación: Esta norma jurídica se ajusta al título conforme al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.