RATIFÍCASE CONTRATO DE PRÉSTAMO OTORGADO POR LA REPÚBLICA DE DINAMARCA A LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETO EJECUTIVO N°. 143, aprobado el 20 de diciembre de 1985
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 249 del 27 de diciembre de 1985
Ratificase Contrato de Préstamo
Decreto No. 143
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Arto. 1.-Se ratifica en toda y cada una de sus partes el contrato de préstamo otorgado por la República de Dinamarca a la República de Nicaragua por setenta y cinco millones de Coronas Danesas, para financiar Proyectos de Equipo Asfáltico para la rehabilitación de carreteras, mejoramiento de instalaciones, para el almacenamiento de granos, equipo para el sector avícola e imprevistos, suscrito en Managua, el veintinueve de Noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.
Arto. 2.-El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los Presupuestos de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Arto. 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinte días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cinco. "Por la paz,"Todos Contra la Agresión".-DANIEL ORTEGA SAAVEDRA.- Presidente de la República.
Observación: El Decreto Ejecutivo Nº. 143, Ratifícase Contrato de Préstamo Otorgado por la República de Dinamarca a la República de Nicaragua, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
El Decreto Ejecutivo Nº. 143, Ratifícase Contrato de Préstamo, se ajusta al título conforme al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.