Sin Vigencia
SE DEROGA UN DECRETO
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 09 de septiembre de 1910
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 166 del 13 de septiembre de 1910
Se deroga un decreto.
El Presidente de la República,
Considerando:
Que el decreto Ejecutivo de 12 de agosto próximo pasado, que exime del pago de los derechos de importación á ciertos artículos de primera necesidad, á pesar de que tuvo un móvil benéfico, lesiona los derechos legalmente adquiridos por los comerciantes que introdujerón tales productos, sujetándose á la Tarifa aduanera, á quienes no se concedió el término prudencial para verificar sus ventas.
Decreta:
Artículo único—Derógase el citado decreto del 21 de agosto próximo pasado, debiendo regir éste desde su publicación.
Dado en Managua, á nueve de septiembre de 1910 — Juan J. S. Estrada — El Ministro de Hacienda, — Manuel Lacayo.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.