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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO Nº. 2015/BL-NI, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

DECRETO A.N. N°. 5552, aprobado el 22 de enero de 2009

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 20 del 30 de enero de 2009

DECRETO A.N. N°. 5552

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 363-2008 del 4 de septiembre del año 2008, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 180 del 19 de septiembre del año 2008, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 25 de septiembre del año 2008 el Contrato de Préstamo No. 2015/BL-NI, con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por la suma de Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20.000.000.00).

II

Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por la suma de Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20,000,000.00) integrado por dos fuentes: a) 50% Financiamiento del Capital Ordinario (CO): a treinta (30) años de plazo, incluyendo seis (6) años de gracia, con una Tasa de Interés Ajustable en la Moneda Única del Financiamiento, más el margen vigente para préstamos del capital ordinario expresado en términos de un porcentaje anual, comisión de crédito a un porcentaje establecido por el Banco periódicamente y en ningún caso podrá exceder el 0.75% por año; b) 50% Financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE): a cuarenta (40) años de plazo, incluye cuarenta (40) años de gracia, amortizará un único pago, con una tasa de interés del 0.25% anual para financiar el “Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Social”.

III

Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el BID son concesionales y están en armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2008, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 241 del 14 de diciembre del año 2007.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2015/BL-NI, SUSCRITO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 2015/BL-NI, suscrito el 25 de septiembre del año 2008, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), representado por su Representante en Nicaragua; por un monto de Veinte Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 20,000,000.00), para financiar el “Programa de Apoyo a la Mejora de la Gestión Fiscal y Social”, para ser ejecutado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veintidós días del mes de enero del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional.- Dr. Wilfredo Navarro Moreira Secretario de la Asamblea Nacional.

Observación: El Decreto Legislativo, Decreto A.N. Nº. 5552, Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo N°. 2015/BL-NI, Suscrito entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), se encuentra incorporado en el Anexo I, Registro de Normas Vigentes de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
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