Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
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ACTUALIZACIÓN DE LA TARIFA DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES (ITF)

ACUERDO MINISTERIAL N°. 015-2022, aprobado el 14 de diciembre de 2022

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 239 del 21 de diciembre de 2022

ACUERDO MINISTERIAL No. 015-2022

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

ACTUALIZACIÓN DE LA TARIFA DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES (ITF)

CONSIDERANDO

I

Que el artículo 240 de la Ley N°. 822 “Ley de Concertación Tributaria” y sus reformas, establece que la cuota del ITF, será actualizada anualmente tomando como referencia el mayor entre la devaluación anual del tipo de cambio oficial del córdoba con respecto al dólar de los Estados Unidos de América y la tasa de inflación anual del Índice de Precios al consumidor (IPC) que publica el Banco Central de Nicaragua (BCN), observados en los últimos doce meses disponibles.

II

Que el artículo 240 de la precipitada ley, en su último párrafo, dispone que la actualización de la cuota del ITF será calculada y publicada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante acuerdo ministerial, durante los primeros veinte días del mes de diciembre previo a su entrada en vigencia.

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confiere la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo” publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 35 del 22 de febrero del 2013 y sus Reformas, y el artículo 240 de la Ley N°. 822, “Ley de Concertación Tributaria” publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 241 del 17 de diciembre del 2012, y sus Reformas.

ACUERDA:

ACTUALIZAR Y PUBLICAR LA TARIFA DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES (ITF)

PRIMERO: Actualizar y publicar la cuota del ITF, el cual, se pagará de conformidad con las siguientes tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2023:





Las tasas interanuales, de los últimos doce meses disponibles, utilizadas para el cálculo son las siguientes:

Tasa de deslizamiento del tipo de cambio oficial del córdoba con respecto al dólar a noviembre de 2022 de 2.0%, y una tasa de variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) al mes de noviembre de 2022 de 11.38%, tomándose la mayor de ambas.

Asimismo, la tarifa aplicable se redondeó al número entero más cercano, para el año 2023.

SEGUNDO: El presente Acuerdo se publicará en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintidós, (f) Iván Acosta Montalván, Ministro.
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