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Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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Categoría normativa: Leyes
Materia: Administrativa

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Sin Vigencia

LEY DE REFORMAS Y ADICIÓN A LA LEY N°. 290, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO Y A LA LEY N°. 462, LEY DE CONSERVACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SECTOR FORESTAL

LEY N°. 929, aprobada el 17 de mayo de 2016

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 97 del 25 de mayo de 2016

El Presidente de la República

A sus habitantes, Sabed,

Que

La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

Ha ordenado lo siguiente:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha dictado la siguiente:

LEY N°. 929

LEY DE REFORMAS Y ADICIÓN A LA LEY No. 290, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO Y A LA LEY No. 462, LEY DE CONSERVACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO SOSTENIBLE DEL SECTOR FORESTAL

Artículo primero: Reforma Artículo segundo: Adición Artículo tercero: Reforma al artículo 7 de la Ley No. 462, Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal
Artículo cuarto: Reforma a los artículos 5, 6, 32, 41, 45, 47, 48, 52 y 63 de la Ley No. 462, Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal Artículo quinto: Adición al artículo 8 de la Ley No. 862, Ley Creadora del Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria
Artículo sexto: Disposición Final
Artículo séptimo: Derogación
Artículo octavo: Publicación de Texto Refundido con reformas incorporadas Artículo noveno: Reglamentación
Artículo décimo: Vigencia
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. Lic. Iris Montenegro Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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