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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO N°. 1254P, FIRMADO EL 12 DE MARZO DE 2009 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA REPRESENTADA POR LA ENCARGADA DE NEGOCIOS (A.I.) DE LA EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN AUSTRIA Y EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID)
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 5731, aprobado el 20 de mayo de 2009
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 105 del 08 de junio de 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 54-2009 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 49 del 12 de Marzo del 2009, la Encargada de Negocios a.i. de la Embajada de la República de Nicaragua en Austria, Sra. Isolda Frixione Miranda, en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 12 de marzo del 2009, el Convenio de Préstamo No. 1254P con el Fondo de la OPEP para Desarrollo Internacional (OFID, por sus siglas en inglés).
II
Que mediante el referido Convenio de Préstamo No. 1254P, el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), le otorga al Gobierno de la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de Cuatro Millones Seiscientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 4,600.000.00) para financiar las obras del tramo III La Melchora - Las Tablillas en el marco del "Proyecto Vial de Integración Acoyapa San Carlos-Frontera con Costa Rica" el cual está considerado dentro de la Iniciativa del Programa Vial de Integración del Plan Puebla Panamá el que será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
III
Que la combinación de las fuentes de financiamiento de los organismos del BID y OFID, están en armonía y se encuentra dentro de los parámetros establecidos para la asignación de los fondos para proyectos financiados con recursos externos, permitiendo alcanzar un nivel de concesionalidad arriba del treinta y cinco por ciento (35%), establecido en los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2009, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 154 del 12 de agosto del año 2008, Ley No. 477, "Ley General de Deuda Pública" y su Reglamento, en su artículo No. 48 numeral 2.
IV
Que estas actividades están enfocadas en contribuir mejoramiento de la carretera que inicia en el poblado de Lóvago y finaliza en Las Tablillas, limítrofe con Costa Rica (Red Principal) y comprende además los tramos Empalme Morrito-Morrito, Pájaro Negro-El Triunfo, Empalme San Miguelito-San Miguelito y San Carlos-Las Azucenas-Los Chiles (Red Relevante), que contribuya a desarrollar la competitividad de Nicaragua mediante una mayor integración de los departamentos de Chontales y Río San Juan al sistema económico nacional y la ampliación de la integración económica de Nicaragua con Costa Rica y la región de Mesoamérica; del mismo modo la población beneficiada asciende aproximadamente a unos 91,371 habitantes, comprendida en los municipios de Acoyapa, Morrito, El Almendro, San Miguelito y San Carlos área de influencia del proyecto.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 1254P, FIRMADO EL 12 DE MARZO DE 2009 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA REPRESENTADA POR LA ENCARGADA DE NEGOCIOS A.I. DE LA EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA EN AUSTRIA Y EL FONDO DE LA OPEP PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL (OFID)
Art. 1 Se aprueba el Convenio de Préstamo No. 1254P, suscrito el 12 de marzo de 2009 por la República de Nicaragua, representada por la Encargada de Negocios a.i. de la Embajada de la República de Nicaragua en Viena, Austria y el Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional (OFID), por un monto de Cuatro Millones Seiscientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 4,600,000.00), para financiar las obras del tramo III La Melchora - Las Tablillas en el marco del "Proyecto Vial de Integración Acoyapa San Carlos-Frontera con Costa Rica", que ejecutará el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.