Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera, S/Definir, S/Definir
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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(AUTORIZAR AL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, PARA QUE ACTUANDO EN REPRESENTACIÓN DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA SUSCRIBA CON EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), EL CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 2236)

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 160-2019, aprobado el 02 de octubre de 2019

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 190 del 07 de octubre de 2019

El Presidente de la República de Nicaragua,
Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

ACUERDA

Artículo 1. Autorizar al Ministro de Hacienda y Crédito Público para que actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscriba con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Contrato de Préstamo N°. 2236, por un monto total de Doscientos Cincuenta y Un Millones Cuatrocientos Setenta Mil Dólares (US$ 251,470,000.00), moneda de Estados Unidos de América, que serán utilizados para financiar parcialmente la ejecución del "Proyecto de Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en 7 Ciudades", a cargo de la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (ENACAL).

Artículo 2. La certificación de este acuerdo acreditará la representación del Ministro en la firma del contrato de préstamo referido en el artículo anterior, cuyos términos y condiciones han sido previamente acordados entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

Artículo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día dos de octubre del año dos mil diecinueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.
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