Sin VigenciaNORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN
RESOLUCIÓN Nº CD-SIBOIF-878-2-FEB21-2015,
De fecha 21 de febrero de 2015
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 58 del 25 de marzo del 2015
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN
El Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones financieras,
CONSIDERANDO
I
Que el artículo 75, literal a), de la Ley No. 587, Ley de Mercado de Capitales, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.222 del 15 de noviembre del 2006, establece que el capital social mínimo de las sociedades administradoras de fondos de inversión es de un millón seiscientos mil córdobas (C$1,600.000.00). Asimismo, dicho artículo faculta al Consejo Directivo de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras a revisar y ajustar el capital social mínimo de éstas sociedades cada dos años, de acuerdo a la variación del tipo de cambio oficial de la moneda nacional.
II
Que mediante Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión, contenida en Resolución No. CD-SIBOIF-766-4-ENE30-2013, de fecha 30 de enero de 2013, publicada en El Nuevo Diario del 18 de febrero de 2013; y en La Gaceta, Diario Oficial No. 68, del 17 de abril de 2013, se actualizó en dos millones ciento setenta mil de córdobas (C$2,170,000.00) el capital social mínimo requerido a las sociedades administradoras de fondos de inversión.
III
Que de acuerdo a las consideraciones antes expuestas y con base en los artículos 6, literal b), y 208 de la Ley efe Mercado de Capitales; y artículo 3), numerales 3) y 13) de la Ley 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras y sus reformas
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
La siguiente:
CD-SIBOIF-878-2-FEB21-2015
NORMA SOBRE ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE INVERSIÓN
Artículo 1. Actualización del capital social.- Se actualiza en dos millones trescientos ochenta y seis mil córdobas (C$2,386,000.00) el capital social mínimo requerido para las sociedades administradoras de fondos de inversión.
Artículo 2. Plazo.- Las sociedades administradoras de fondos de inversión actualmente operando, que a la entrada en vigencia de la presente norma tengan un capital social mínimo, suscrito y pagado, por debajo del establecido en el artículo precedente, deberán tenerlo pagado a más tardar siete (7) días calendario después de la próxima Asamblea General Ordinaria de Accionistas.
Para las sociedades administradoras de fondos de inversión que sean autorizadas para constituirse y operar en el país con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente norma, el cumplimiento de capital social actualizado deberá efectuarse al momento de su constitución.
Artículo 3. Derogación.- Se deroga la Norma sobre Actualización del Capital Social de las Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión, contenida en Resolución No. CD-SIBOIF-766-4- ENE30-2013, de fecha 30 de enero de 2013, publicada en El Nuevo Diario del 18 de febrero de 2013; y en La Gaceta, Diario Oficial No. 68, del 17 de abril de 2013,
Artículo 4. Vigencia.- La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en un diario de amplia circulación nacional, sin perjuicio de posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. (f) S. Rosales (f) V. Urcuyo V. (f) Gabriel Pasos Lacayo (f) Fausto Reyes B. (f) ilegible (Silvio Moisés Casco Marenco) (f) ilegible (Freddy José Blandón Argeñal) (f) A. Morgan P. Secretario Ad hoc" (F) URIEL CERNA BARQUERO, Secretario Consejo Directivo SIBOIF