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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera

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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2194, SUSCRITO EL 21 DE JUNIO DE 2017 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO REHABILITACIÓN DE LA PISTA JUAN PABLO II Y CONSTRUCCIÓN DE PASOS A DESNIVEL

DECRETO LEGISLATIVO A.N. Nº. 8301, aprobado el 29 de agosto de 2017

Publicado en La Gaceta Diario Oficial Nº 168 de 04 de septiembre de 2017

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial N•. 19-2017 publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 46 del 07 de marzo de 2017, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 21 de junio de 2017, el Contrato de Préstamo N°. 2194 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

II

Que mediante el Contrato de Préstamo N°. 2194 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Ciento Cinco Millones Cuatrocientos Setenta Mil Dólares (US$105,470,000.00), moneda de Estados Unidos de América, para financiar parcialmente la ejecución del Proyecto Rehabilitación de la Pista Juan Pablo II y Construcción de Pasos a Desnivel con las siguientes condiciones financieras: quince ( 15) años de plazo, incluyendo un período de gracia de tres (3) años, con una tasa de interés integrada por la Tasa LIBOR a seis (6) meses revisable y ajustable semestralmente, más un margen establecido por el BCIE que inicialmente será de doscientos ochenta y cinco (285) puntos básicos, revisable y ajustable trimestralmente, durante la vigencia del préstamo; una comisión de seguimiento y administración de un cuarto (1/4) del uno por ciento ( 1% ) sobre el monto total del préstamo, pagadera de una sola vez, a más tardar al momento del primer desembolso del préstamo y una comisión por gastos administrativos y administración de procesos licitatorios de la cooperación para preinversión del diez por ciento (10%) sobre el monto de la cooperación, la que se pagará de una sola vez, al momento del primer desembolso del préstamo.

III

Que la ejecución del proyecto mejorará la circulación vial de la ciudad de Managua a través de la rehabilitación de la Pista Juan Pablo II, para garantizar la movilidad cómoda y segura de la ciudadanía capitalina y resto del país, obteniendo ahorros en gastos de operación y tiempo de viaje.

IV

Que las condiciones financieras del préstamo permiten cumplir con los requerimientos de endeudamiento público de la República de Nicaragua, alcanzando una concesionalidad de 5.47% aproximadamente, lo cual están en armonía con los Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2017, Decreto Nº. 13-2016, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 146 del 5 de agosto de 2016; con los objetivos planteados en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2016-2019, Decreto Nº. 06-2016 publicado en La Gaceta, Diario Oficial N•. 48 del 9 de marzo de 2016 y con lo establecido en la Ley Nº. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del artículo 50 de su Reglamento Decreto Nº. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 30 de enero de 2004.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. Nº. 8301

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2194, SUSCRITO EL 21 DE JUNIO DE 2017 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR PARCIALMENTE LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO REHABILITACIÓN DE LA PISTA JUAN PABLO II Y CONSTRUCCIÓN DE PASOS A DESNIVEL

Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo Nº. 2194, suscrito el 21 de junio de 2017 entre la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto de Ciento cinco millones cuatrocientos setenta mil dólares (US$ 105,4 70,000.00), moneda de Estados Unidos de América para financiar parcialmente la ejecución del Proyecto "Rehabilitación de la Pista Juan Pablo II y Construcción de Pasos a Desnivel", cuyo organismo ejecutor será la Alcaldía de Managua.

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortés, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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