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Sin Vigencia
DECRETO, DECLARANDO LA REPÚBLICA EN ESTADO DE SITIO
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 27 de junio de 1867
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 27 del 3 de julio de 1869
El Presidente de la República,
á sus habitantes,
Considerando: que el orden público se ha turbado, por el movimiento de armas ejecutado sobre el cuartel de León el día de ayer por los enemigos de la paz; i que tal situación exige rapidez i energía en las operaciones del Gobierno.
Decreta:
Artículo único - Se declara la República en estado de sitio i suspenso el orden constitucional.
Dado en Managua, á 27 de junio de 1867- Fernando Guzmán. El Ministro de la Guerra- Por la lei- Tomas Ayon.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.