Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DECRETO, REDUCIENDO Á VALLE EL PUEBLO DE SAN JERÓNIMO EN MATAGALPA

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 26 de febrero de 1879

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 10 del 12 de marzo de 1879

El Presidente de la República,

á sus habitantes

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Art. 1°. Redúcese á valle del pueblo de Muimuy, el pueblo de San Jerónimo del departamento de Matagalpa.

Art. 2°. La Junta popular de Muimuy sufragará, en las épocas determinadas por la ley, por ocho electores de distrito.

Art. 3º. El Gobierno señalará con la debida oportunidad, los nuevos límites jurisdiccionales del indicado pueblo de Muimuy, i dictará las demás providencias conducentes al cumplimiento de la presente.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara del Senado – Managua, febrero 7 de 1879 – B. Morales, S. P. – Ramón Sáenz, S. V. S. – José Gregorio Cuadra, S. S.-

Al Poder Ejecutivo – Salón de sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, febrero 26 de 1879 – Rafael Blandino, D. P. – Manuel Cuadra, D. S. - Perfecto Tijerino, D. S.

Por Tanto: Ejecútese– Managua, febrero 26 de 1879 – Pedro J. Chamorro – El Ministro de Gobernación – Ag. Duarte.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.