Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial

Enlace Legislación Relacionada

Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Aduanas


DECRETO DE 21 DE FEBRERO: SE PRORROGA POR UN AÑO DISPOSICIÓN DE LA LEY ARANCELARIA DE 1918

DECRETO LEGISLATIVO N°. 26, aprobado el 20 de febrero de 1919

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 42 del 22 de febrero de 1919

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

A sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Artículo 1.- Se prorroga por un año más la disposición del artículo 11 de la Ley Arancelaria de 1918.

Artículo 2.- Este decreto comenzará a surtir sus efectos el 1º de marzo próximo entrante.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 18 de Febrero de 1919.- GUSTAVO PAGUAGA, D. P.- C. TIJERINO R., D. S.- FERNANDO IG. MARTÍNEZ, D. S.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, 20 de Febrero de 1919.- SEBASTIÁN URIZA, S. P.- M. J. MORALES, S. S.- JUAN J. RUIZ, S. S.

Casa Presidencial.- Managua, 21 de Febrero de 1919.- EMILIANO CHAMORRO.- El Ministro de Hacienda, por la ley.- SALV. XIMÉNEZ.

Observación: El Decreto Legislativo N°. 26, Decreto de 21 de Febrero: Se Prorroga por un Año Disposición de La Ley Arancelaria de 1918, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Aduanas.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa