Sin Vigencia
DECRETO DEL 14 DE MARZO SOBRE SOLICITUDES SOBRE CORTE DE MADERA
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 14 de marzo de 1919
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 69 del 26 de marzo de 1919
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
Artículo 1.- Solo ante el Ministerio de Fomento presentarán los empresarios de cortes de maderas las solicitudes que se refiere el artículo 1º del decreto de veintiuno de enero de mil novecientos dieciocho. Las diligencias pendientes en las Subdelegaciones de Hacienda de la República, pasarán al mismo Ministerio para que allí sigan en curso.
Artículo 2.- Este decreto regirá desde su publicación en La Gaceta.
Dado en el Palacio Nacional, en Managua, a los catorce días del mes de Marzo de mil novecientos diecinueve.- EMILIANO CHAMORRO.- El Ministro de Fomento.- JUAN J. ZAVALA.