Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE GARANTÍA CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2421/ BL-NI, SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL) Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 6205, aprobado el 30 de noviembre de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 243 del 21 de diciembre de 2010

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 2082018 del 10 de septiembre del año 2010, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 16 de septiembre del año 2010, el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP), en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el Contrato de Garantía otorgado al Contrato de Préstamo No. 2421/BL-NI con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Cuatro Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500,000.00).

II

Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorga a la Empresa Nacional dé Transmisión Eléctrica (ENATREL) un préstamo por la suma de Cuatro Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500,000.00), para financiar el Proyecto "Sistema de Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC) Financiamiento Adicional", para el cual la República de Nicaragua suscribió Contrato de Garantía.

III

Que las condiciones financieras del Contrato de Préstamo No. 2421/BLNI, otorgadas por el BID son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2010, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 134 del 17 de julio del año 2009, a los objetivos propuestos en La Estrategia Nacional de Deuda Pública 20082011, publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008, y a lo establecido en la Ley No. 477, "Ley General de Deuda Pública" Artículos 34 y 79 y su Reglamento, Artículo 50, numeral 3.

POR TANTO

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente;

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE GARANTÍA CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2421/ BL-NI, SUSCRITO ENTRE LA EMPRESA NACIONAL DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA (ENATREL) Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

Artículo 1. Se aprueba el Contrato de Garantía suscrito el 01 de noviembre del año 2010, entre la República de Nicaragua representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) como garante ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), del Contrato de Préstamo No. 2421/BL-NI suscrito el 01 de noviembre del año 2010, entre la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica (ENATREL) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Cuatro Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$4,500,000.00), para financiar el Proyecto "Sistema de Interconexión Eléctrica para los Países de América Central (SIEPAC) Financiamiento Adicional".

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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