DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
DECRETO A.N. N°. 4378, aprobado el 13 de octubre del 2005
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 215 del 07 de noviembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Constitución Política de Nicaragua consigna la responsabilidad del Estado de proteger el patrimonio cultural de la nación en todas sus manifestaciones, sean estas materiales e inmateriales.
II
Que Nicaragua posee un rico y variado Patrimonio Cultural Inmaterial derivado de su evolución histórica y naturaleza pluricultural y multiétnica que es necesario salvaguardar para el disfrute de las presentes y futuras generaciones de nicaragüenses.
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
Artículo 1.- Aprobar la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, suscrito por la Conferencia General de los Estados partes de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su 32 ava. Reunión, celebrada en la ciudad de París, Francia, del 29 de septiembre al 17 de octubre del años dos mil tres.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los trece días del mes de Octubre del año dos mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS. Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por tanto: publíquese y Ejecútese. Managua, veintiún de octubre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.