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Legislación de Nicaragua
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Categoría normativa: Leyes
Materia: Cultura

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LEY QUE DECLARA PRÓCERES DE LA INDEPENDENCIA DE CENTROAMÉRICA A TOMAS RUIZ Y A MIGUEL LARREYNAGA

LEY N°. 794, aprobada el 13 de junio de 2012

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 118 del 25 de junio de 2012

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,

LA ASAMBLEA NACIONAL

Ha ordenado la siguiente:

LEY QUE DECLARA PRÓCERES DE LA INDEPENDENCIA DE CENTROAMÉRICA A TOMAS RUIZ Y A MIGUEL LARREYNAGA

Artículo 1 Declárense Próceres de la Independencia de Centroamérica al Presbítero Tomás Ruiz y al Licenciado Miguel Larreynaga.

Art. 2 El Ministerio de Educación, deberá incorporar en sus planes y textos de estudios el conocimiento de la vida y obras del Presbítero Tomás Ruiz y Licenciado Miguel Larreynaga.

Art. 3 La presente Ley entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación social escrito de circulación nacional, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los trece días del mes de junio del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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