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DECRETO QUE AUTORIZA EL INGRESO DE NAVES, AERONAVES Y PERSONAL MILITAR EXTRANJERO CON FINES HUMANITARIOS, ADIESTRAMIENTO, INSTRUCCIÓN E INTERCAMBIO, Y LA SALIDA DE TROPAS NAVES Y AERONAVES NICARAGÜENSES FUERA DEL PAÍS, DURANTE EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2019
DECRETO EJECUTIVO N°. 13-2019, aprobado el 31 de mayo de 2019
Publicado en la Gaceta, Diario Oficial N°. 105 del 05 de junio de 2019
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECRETO QUE AUTORIZA EL INGRESO DE NAVES, AERONAVES Y PERSONAL MILITAR EXTRANJERO CON FINES HUMANITARIOS, ADIESTRAMIENTO, INSTRUCCIÓN E INTERCAMBIO, Y LA SALIDA DE TROPAS NAVES Y AERONAVES NICARAGÜENSES FUERA DEL PAÍS, DURANTE EL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2019
Artículo 1. Al tenor de lo dispuesto en el artículo 10 y en la parte in fine del párrafo tercero del artículo 92, ambos de la Constitución Política de la República de Nicaragua, se autoriza el tránsito o estacionamiento en el territorio nacional de efectivos militares, naves y aeronaves de las fuerzas armadas y ejércitos de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas, (República de Guatemala, República de El Salvador, República de Honduras y República Dominicana), Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Estados Unidos Mexicanos, República Bolivariana de Venezuela, República de China (Taiwán) y República de Cuba, con fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencia, así como la salida de tropas, naves y aeronaves nicaragüenses fuera del país. De conformidad a la planificación de actividades durante el segundo semestre del año 2019.
Artículo 2. Se autoriza el ingreso de tropas con sus equipos, naves y aeronaves extranjeras y la salida del territorio nacional de militares, naves y aeronaves representativos del Ejército de Nicaragua detallados a continuación:
1. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares, naves y aeronaves de las fuerzas armadas integrantes de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), de las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras y República Dominicana, para fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias con el Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
2. Ingreso al territorio nacional, previamente planificado y coordinado con el Ejército de Nicaragua, de equipos y materiales de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América para ser donados al Ejército de Nicaragua, conforme al programa de asistencia para la seguridad militar y la lucha contra los estupefacientes, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
3. Ingreso al territorio nacional, previamente planificado y coordinado con el Ejército de Nicaragua, de personal de las Fuerzas Armadas, aeronaves y embarcaciones de los Estados Unidos de América, para realizar operaciones antinarcóticos por aire y mar, de acuerdo con las disposiciones del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Nicaragua, para la cooperación en la eliminación del tráfico ilícito por mar y aire, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
4. Ingreso al territorio nacional, previamente planificado y coordinado con el Ejército de Nicaragua, de embarcaciones y personal de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, para efectuar escalas en Puertos, en apoyo de operaciones antinarcóticos en colaboración con el Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
5. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa previamente planificado y coordinado con el Ejército de Nicaragua, de embarcaciones y personal de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América, para realizar actividades de patrullaje antinarcóticos con un acuerdo de embarque de la Fuerza Naval del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
6. Ingreso al territorio nacional, previamente planificado y coordinado con el Ejército de Nicaragua, de personal de las Fuerzas Armadas, naves y aeronaves de los Estados Unidos de América, a fin de aterrizar y atracar, para realizar operaciones de ayuda humanitaria y misiones de búsqueda, salvamento y rescate en situaciones de emergencia o desastres naturales, por aire, mar y tierra, en apoyo al Gobierno de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
7. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de ochenta (80) efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, para participar en ejercicios, adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias en operaciones de ayuda humanitaria, labores de seguridad, planeación de ejercicios de ayuda humanitaria y atención ante desastres, entrenamiento de comunicación operacional, lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado transnacional, con miembros de la Fuerza Naval, Fuerza Aérea, Cuerpo de Transmisiones "Blanca Stella Aráuz Pineda", y la Unidad Humanitaria y de Rescate "Comandante William Joaquín Ramírez Solórzano", del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
8. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de Setenta (70) efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, para llevar a cabo intercambio de experiencias, adiestramiento, operaciones en contra de ilícitos en espacios marítimos en el Mar Caribe y aguas jurisdiccionales en el Océano Pacífico de Nicaragua, con la Fuerza Naval del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
9. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de ochenta (80) efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, para participar con miembros del Comando de Operaciones Especiales "General Pedro Altamirano" del Ejército de Nicaragua, en intercambio de experiencias y ejercicio de adiestramiento en operaciones de ayuda humanitaria, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
10. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de treinta (30) efectivos militares, naves y aeronaves de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela, para participar en ejercicio de intercambio de adiestramiento en operaciones de ayuda humanitaria con miembros del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 3I de diciembre 2019.
11. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de cincuenta (50) efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de la República de Cuba, para realizar intercambios y labores de carácter humanitario con miembros del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
12. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de cuarenta (40) efectivos militares, naves, aeronaves y equipos del Ejército y Fuerza Aérea de los Estados Unidos Mexicanos, para participar en ejercicios con fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias con miembros del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
13. Ingreso al territorio nacional, de forma rotativa de cuarenta (40) efectivos militares, naves, aeronaves y equipos de la Secretaría de Marina de los Estados Unidos Mexicanos, para participar en ejercicios con fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias con miembros del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
14. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares y naves de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para participar en ejercicio de adiestramiento e intercambio en operaciones de ayuda humanitaria, con la Unidad Humanitaria y de Rescate "Comandante William Joaquín Ramírez Solórzano", del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
15. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares y aeronaves de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para participar en ejercicio de adiestramiento e intercambio en operaciones de ayuda humanitaria, con el Estado Mayor de la Defensa Civil del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
16. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares y naves de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para llevar a cabo intercambio de experiencias, adiestramiento y ejercicios en espacios marítimos y aguas jurisdiccionales de Nicaragua, con la Fuerza Naval del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
17. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares y aeronaves de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para llevar a cabo intercambio de experiencias, adiestramiento y ejercicios en el territorio nacional con la Fuerza Aérea del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
18. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares, naves y aeronaves de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias con unidades terrestres del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
19. Ingreso al territorio nacional, de efectivos militares de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias con los Centros de Enseñanza Militar del Ejército de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
20. Ingreso al territorio nacional, (incluido el espacio aéreo) de aeronaves y personal de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para aterrizar, abastecerse de combustible y prestar apoyo en tierra, en el aeropuerto internacional de Managua o en cualquier otro aeropuerto nacional, con el objeto de realizar operaciones de búsqueda y salvamento de emergencia por aire y mar, en apoyo al Gobierno de la República de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
21. Ingreso al territorio nacional, (incluido el espacio aéreo) de aeronaves y personal de las Fuerzas Armadas de la República de China (Taiwán), para aterrizar, abastecerse de combustible y prestar apoyo en tierra, en el aeropuerto internacional de Managua o en cualquier otro aeropuerto nacional, con el objeto de realizar operaciones de mitigación y sofocación de incendios forestales, en apoyo al Gobierno de la República de Nicaragua, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
22. Salida del territorio nacional, de forma rotativa de militares, naves y aeronaves del Ejército de Nicaragua hacia las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras y República Dominicana, para fines humanitarios, adiestramiento, instrucción e intercambio de experiencias en el marco de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas (CFAC), del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
23. Salida del territorio nacional, de forma rotativa de cincuenta (50) militares, naves y aeronaves del Ejército de Nicaragua hacia la Federación de Rusia, para participar en ejercicio de intercambio de adiestramiento en operaciones de ayuda humanitaria con las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
24. Salida del territorio nacional, de forma rotativa de cincuenta (50) militares, naves, y aeronaves del Ejército de Nicaragua hacia la República Bolivariana de Venezuela, para participar en ejercicio de intercambio de adiestramiento en operaciones de ayuda humanitaria con personal de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
25. Salida del territorio nacional, de forma rotativa de cincuenta (50) militares, naves y aeronaves del Ejército de Nicaragua hacia la República de Cuba, para realizar intercambios y labores de carácter humanitario con personal de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de la República de Cuba, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
26. Salida del territorio nacional, de cuarenta (40) militares, naves, aeronaves y equipos del Ejército de Nicaragua hacia los Estados Unidos Mexicanos, para participar en ejercicio de intercambio de adiestramiento e instrucción en operaciones de ayuda humanitaria con personal del Ejército, Fuerza Aérea y Secretaría de Marina de los Estados Unidos Mexicanos, del 1 de julio al 31 de diciembre 2019.
Artículo 3. Enviar el presente Decreto a la Asamblea Nacional para su debida ratificación.
Artículo 4. El presente Decreto entra en vigencia a partir de la presente fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día treinta y uno de mayo del año dos mil diecinueve. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.