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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

TRANSFIERE A PRIMERA CATEGORÍA

DECRETO EJECUTIVO N°. 32, aprobado el 03 de abril de 1957

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 85 del 10 de abril de 1957

DECRETO No. 32

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de sus facultades que le confieren el Arto. 17 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales, de 24 de Junio de 1955.

Decreta:

Arto. 1. — Se transfiere a Primera Categoría o Lista Número Uno, el Papel para libros y otros Impresos, comprendido en la Subpartida 941—02—01 del Código Arancelario de Importaciones.

Arto. 2. — Dicho artículo se clasificará en esta categoría únicamente cuando sea importado por Empresas Editoriales del País.

Arto. 3. — Este Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación en, «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. — Managua, D. N., tres de abril de mil novecientos cincuenta y siete. — LUIS A. SOMOZA D., El Ministro de Estado en el Despacho de Economía, Enrique Delgado».
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