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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Cultura

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DE REFORMA AL REGLAMENTO A LA LEY CREADORA DE LA “ORDEN JOSÉ DE MARCOLETA”

DECRETO EJECUTIVO N°. 64-2000, aprobado el 27 de julio de 2000

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 07 de agosto de 2000

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

DE REFORMA AL REGLAMENTO A LA LEY CREADORA DE LA “ORDEN JOSÉ T. DE MARCOLETA”

Artículo 1.- Se Reforman los artículos 3, 4 y 5 del Reglamento de la Ley Creadora de la Orden José de Marcoleta, Decreto 6-97 publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 144 del 30 de Julio de 1997, los que se leerán así:

“Arto. 3 Las características de los diversos grados de la Orden son las siguientes:

GRAN CRUZ: Consta de una banda de 10 cm. de ancho, de longitud dividida en tres franjas, azul marino la central de 6 cm. de ancho; blanco la superior e inferior de 1 cm. de ancho, terminada con un borde de 1 cm. en color azul marino, rematada por un lazo del cual pende la Venera de la Orden, compuesta de una Cruz en esmalte azul y blanco con rebordes de oro, de 70 mm. de longitud en sus brazos superior e inferior, 70 mm. en sus brazos laterales y 28 mm. de ancho en sus extremos. En el centro de la cruz un circulo de 25 mm. de diámetro con la leyenda en oro “ORDEN JOSÉ T. DE MARCOLETA” en semicírculo superior y “NICARAGUA” en semicírculo inferior, incrustada en el centro la efigie de José de Marcoleta. La cruz está montada sobre una placa cuadrada en oro de 35 mm. de longitud en sus costados y 28 rayos; y unida a la banda por un aro de oro 15 mm. de diámetro.

Con este grado se usa una placa formada por una Cruz en esmalte azul y blanco con rebordes de oro, de 70 mm. de longitud en sus brazos superior e inferior, 70 mm. en sus brazos laterales y 28 mm. de ancho en sus extremos. En el centro de la cruz un circulo de 25 mm. de diámetro con la leyenda en oro “ORDEN JOSÉ T. DE MARCOLETA” en semicírculo superior y “NICARAGUA” en semicírculo inferior, incrustada en el centro la esfinge de José de Marcoleta. La cruz está montada sobre una placa cuadrada en oro de 35 mm. y 28 rayos; montada a su vez sobre una cruz en oro en posición transversal de 80 mm. de longitud en sus brazos superior e inferior y 80 mm. de longitud en sus brazos laterales, con 8 rayos en cada uno de sus brazos.

GRAN OFICIAL: Este grado tiene por insignia la Encomienda de la Orden, y una placa formada por una Cruz en esmalte azul y blanco con rebordes de oro, de 55 mm. de longitud en sus brazos superior e inferior, 55 mm. en sus brazos laterales y 25 mm. de ancho en sus extremos superior e inferior y 28 mm. de ancho en sus extremos laterales. En el centro de la cruz un circulo de 25 mm. de diámetro con la leyenda en oro “ORDEN JOSÉ T. DE MARCOLETA” en semicírculo superior y “NICARAGUA” en semicírculo inferior, incrustada en el centro la esfinge de José de Marcoleta; montada sobre una cruz en oro en posición transversal de 68 mm. de longitud en sus brazos superior e inferior y 68 mm. de longitud en sus brazos laterales, con 8 rayos en cada uno de sus brazos.

ENCOMIENDA: Consta de una cinta de 50 mm. de ancho, dividida en tres franjas longitudinales, siendo de color azul marino la central de 32 mm. de ancho, y blanco las laterales de 5 mm. de ancho, terminada con un borde de 4 mm. de la cual pende la Venera de la Orden. La Cruz se encuentra suspendida de una barra en metal dorado en la parte central de la cinta.

OFICIAL: La insignia de este grado consta de una Cruz en esmalte azul y blanco con rebordes de oro de 48 mm de longitud en sus brazos superior e inferior y 48 mm en sus brazos laterales y 28 mm de ancho en sus extremos. En el centro de la cruz un circulo de 25 mm. de diámetro con la leyenda en oro “ ORDEN JOSÉ T. DE MARCOLETA” en semicírculo superior y “NICARAGUA” en semicírculo inferior, incrustada en el centro la esfinge de José de Marcoleta. La cruz está montada sobre una placa cuadrada en oro de 35 mm. de longitud en sus costados y 28 rayos; y unida por un aro de oro 15 mm. de diámetro a una cinta de 50 mm. por 60 mm., dividida en tres franjas longitudinales, de color azul marino la del centro de 30 mm. de ancho y blanco las laterales de 5 mm de ancho, con bordes en azul marino de 4 mm de ancho. En el centro de la cinta va una roseta azul marino y blanco de 25 mm de diámetro.

CABALLERO: La insignia de este grado tiene características similares a la de Oficial, con la única diferencia que no lleva roseta en el centro de la cinta.

Arto. 4 Las miniaturas de los diversos grados se componen de una cruz en esmalte azul y blanco con bordes de oro de 15 milímetros de longitud en sus brazos superior e inferior, 15 milímetros en sus brazos laterales y 4 milímetros de ancho en sus extremos. En el centro de la cruz un circulo de 7 mm. de diámetro con la leyenda en oro “ORDEN JOSÉ T. DE MARCOLETA” en semicírculo superior y “NICARAGUA” en semicírculo inferior, incrustada en el centro la esfinge de José Marcoleta, pendiente de una placa cuadrada de 5 milímetros en sus costados en esmalte verde para el grado de Gran Cruz, en oro para el grado de Gran Oficial, en plata para el grado de Encomienda y en bronce para los grados de Oficial y Caballero. La placa va unida por un aro de oro de 3 mm. de diámetro a una cinta de 15 milímetros de ancho por 30 milímetros de longitud dividida longitudinalmente en tres franjas, azul marino la central de 8 milímetros de ancho y blanca la superior e inferior de 3 milímetros de ancho.

Arto. 5 Los botones para la solapa tienen las siguientes características:

- Roseta blanca y azul marino y dos salientes de oro para el grado de Gran Cruz.

- Roseta blanca y azul marino, con una saliente en oro y otra en plata para el grado de Gran Oficial.

- Roseta blanca y azul marino y dos salientes plateadas para el grado de Encomienda.

- Roseta blanca y azul marino y dos salientes de bronce para el grado de Oficial.

- Roseta blanca y azul marino sin salientes para el grado de Caballero.”

Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintisiete de Julio del año dos mil. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.-
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