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Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Normas Técnicas
Materia: Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional
NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE.
CACAO EN POLVO (CACAOS) Y A LAS MEZCLAS DE
CACAO Y AZÚCARES. REQUISITOS

NTON 03 090 - 09, aprobada el 20 de noviembre del 2009

Publicada en La Gaceta Diario Oficial N°. 172 del 08 de septiembre del 2010


CERTIFICACIÓN


La infrascrita Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA que en el Libro de Actas que lleva dicha Comisión, en los folios que van del cincuenta y tres (53) al sesenta y uno (61), se encuentra el Acta No. 006-09 “Cuarta Sesión Ordinaria de la Comisión de Normalización Técnica y Calidad”, la que en sus partes conducentes, expone: “En la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las tres con treinta minutos de la tarde del día viernes veinte de Noviembre del año dos mil nueve, reunidos en el Despacho del Ministro de Fomento, Industria y Comercio, por notificación de convocatoria enviada previamente el día diez de Noviembre del dos mil nueve, de conformidad a lo establecido en el Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, están presentes los miembros titulares y delegados de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad (CNNC) entre los que se encuentran: Orlando Solorzano Delgadillo, Ministro de Fomento Industria y Comercio quien Preside la CNNC, Benjamin Dixon., en representación del Ministro Agropecuario y Forestal (MAGFOR), Hilda Espinoza, en representación de la Ministro del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA); Marvin Antonio Collado, en representación del Director del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR); José León Arguello en representación del Ministra del Trabajo (MITRAB); Fernando Campos; en representación del Ministerio de Energía y Minas (MEM); Edgardo Pérez, en representación del Ministro de Salud (MINSA); Miguel Navarro, en representación del Ministro de Transporte e Infraestructura (MTI); Zacarías Mondragón García, en representación de las organizaciones privadas del sector Industrial y Maura Morales Reye, en representación de las organizaciones de Consumidores. Así mismo participa en esta sesión Sara Amelia Rosales Castellón, en su carácter de secretaria Ejecutiva de la CNNC; Jorge Hernández del Consejo Nicaragüense de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (CONIMIPYME); Donaldo Picado del MAGFOR; Noemí Solano, Oscar López y Johanna Varela del MIFIC. Habiendo constatado el quórum de Ley, el Ministro de Fomento, Inscrita y Comercio como Presidente de la Comisión procede a dar por iniciada esta sesión y la declara abierta 05-09 (Presentación y Aprobación de diez Normas Técnicas Nicaragüenses). Después de conocer y debatir sobre el objeto y el contenido de cada uno de los diez Proyectos de Normas Técnicas (…) los miembros de la CNNC acuerdan por unanimidad aprobar (…) NT0N 03 090-09 Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense. Cacao En Polvo (Cacaos) y a las Mezclas de Cacao y Azúcares. Requisitos. (…) No habiendo otros asuntos que tratar se levanta la sesión a las cinco de la tarde del día veinte de Noviembre del año dos mil nueve. Orlando Solórzano Delgadillo. (Legible),- Presidente de la CNNC. Sara Amelia Rosales C. (Legible), Secretaria Ejecutiva de la CNNC. A solicitud del Ministro de Salud; extiendo, en una hoja de papel común tamaño carta, esta CERTIFICACIÓN, la cual es conforme con el documento original con el que fue cotejada, para su debida publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República, y la firmo, sello y rubrico en la ciudad de Managua a los diecinueve días del mes de marzo del año dos mil nueve. Lic. Sara Amelia Rosales C., Secretaria Ejecutiva, Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.



La Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense denominada NT0N 03 090-09 NORMA TÉCNICA OBLIGATORIA NICARAGÜENSE. CACAO EN POLVO (CACAOS) Y A LAS MEZCLAS DE CACAO Y AZÚCARES. REQUISITOS, ha sido preparada por el Subcomité Técnico de Cacao y Chocolate y en su elaboración participaron las siguientes personas:



Gloria María Mora

Nelly Betanco Figueroalo

Carlos Baca

Vanessa Muñoz

Francisco Pérez

Salvador Guerrero

CADIN

UNI – CETEAL

MINSA

MIFIC- LABAL

MIFIC-LABAL

MIFIC-DNM




Esta norma fue aprobada por el Comité Técnico en su última sesión de trabajo el día 10 de junio del 2009.


1 OBJETO

Establecer los requisitos de Calidad e Inocuidad que debe cumplir el cacao en polvo(cacaos) y a las mezclas de cacao y azúcares con destino al consumo directo

2 CAMPO DE APLICACIÓN

Esta Norma se aplica al cacao en polvo (cacaos) y a las mezclas de cacao y azúcares con destino al consumo directo.

3 DESCRIPCIÓN

3.1 Productos de Cacao

3.1.1 El "cacao en polvo", "cacao en polvo rebajado en grasa" y el "cacao en polvo sumamente rebajado en grasa", son productos obtenidos de la torta de cacao (ref.:Norma para la Pasta de Cacao (Licor de Cacao/Chocolate) y la Torta de Cacao),transformada en polvo.

4 COMPOSICIÓN ESENCIAL Y FACTORES DE CALIDAD

4.1 COMPOSICIÓN ESENCIAL

4.1.1 Contenido de humedad
7% m/m como máximo.

4.1.2 Cacao en polvo y mezclas secas de cacao y azúcares







4.1.3 Chocolate en polvo

El chocolate en polvo es la mezcla del cacao en polvo con azúcares y/o edulcorantes que contiene no menos del 32% de cacao en polvo (29% m/m con referencia al extracto seco).

4.2 INGREDIENTES FACULTATIVOS

Especias
Sal (Cloruro sódico)


5. ADITIVOS ALIMENTARIOS



5.1 Reguladores de la acidez
503 (i)
503 (ii)
527
170 (i)
330
504 (i)
528

530
501 (i)
501 (ii)
525
500 (i)
500 (ii)
524
526

338



334


5.2

471


322

476


442


473


491

492


493

494

495

477


475


412


418

466

5.3

400

407

410

413

414

415

416

417

460

5.4


Aromas naturales y artificiales, salvo aquéllos que imitan el aroma natural de la leche o el chocolate


Vainillina


Etilvainillina


5.5

559

552

553(i)

553(ii)


553(iii)

554

551

341(iii)

5.6

1200


5.7

953

966

421


965

420

967

950


951


955


954


957


5.8

5.8.1

1400


1401

1402

1403

1404

1405
Carbonato amónico
Hidrogencarbonato amónico
Hidróxido amónico
Carbonato cálcico
Ácido cítrico
Carbonato magnésico
Hidróxido magnésico

Óxido magnésico
Carbonato potásico
Hidrogencarbonato potásico
Hidróxido potásico
Carbonato sódico
Hidrogencarbonato sódico
Hidróxido sódico
Hidróxido cálcico

Ácido ortofosfórico



Ácido L-tartárico


Emulsionantes

Mono- y diglicéridos de ácidos grasos comestibles

Lecitina

Ésteres de poliglicerol de ácido ricinoleico interesterificado

Sales amónicas de ácidos fosfatídicos


Ésteres de sacarosa comestibles de ácidos grasos

Monoestearato de sorbitán

Triestearato de sorbitán


Monolaurato de sorbitán

Monooleato de sorbitán

Monopalmitato de sorbitán

Glicolésteres propilénicos de ácidos grasos

Ésteres de poliglicerol de ácidos grasos


Goma guar


Goma gelana

Carboximetil celulosa sódica

Estabilizantes

Ácido algínico

Carragenina y sus sales Na, K , NH4

Goma de algarrobo

Goma de tragacanto

Goma arábiga, goma de acacia

Goma xantán

Goma karaya

Goma tara

Celulosa

Aromatizantes
















Antiaglutinantes

Silicato alumínico

Silicato cálcico

Silicato magnésico

Trisilicato magnésico


Talco

Silicato de aluminio y potasio

Dióxido de silicio amorfo

Fosfato tricálcilo

Aumentadores del volumen

Polidestrosas A y N


Edulcorante

Isomalta (Isomaltitol)

Lactitol

Manitol


Maltitol y jarabe de maltitol

Sorbitol y jarabe de sorbitol

Xylitol

Potasio acesulfámico


Aspartamo


Sacrulosa


Sacarina (y sus sales Na, K, Ca)


Taumatina


Aumentadores del Volumen

Almidones modificados

Dextrinas, blanca y amarilla de almidones tostados

Almidón tratado con ácido

Almidón tratado con álcali

Almidón blanqueado

Almidón oxidado

Almidones tratados con enzimas
Limitada por BPF en el producto
acabado/producto de cacao final









2,5 g/kg, expresados como P2O5, con referencia a la fracción de cacao del producto acabado

5 g/kg con referencia a la fracción de cacao del producto acabado

DOSIS MAXIMA






Limitada por BPF en el producto acabado/producto de cacao final

10 g/kg en el producto acabado/producto de cacao final

10 g/kg en el producto acabado/producto de cacao final



2 g/kg combinados en el producto acabado/producto de cacao final







5 g/kg en el producto acabado/producto de cacao final

5 g/kg en el producto acabado/productode cacao final

Limitada por BPF en el producto acabado/producto de cacao final














Limitada por BPF en productos acabados /producto de cacao final









DOSIS MÁXIMA


Limitada por BPF en productos acabados /producto de cacao final




Limitada por BPF en productos acabados /producto de cacao final






DOSIS MÁXIMA







10 g/kg en el producto acabado/producto de cacao final









DOSIS MÁXIMA

Limitada por BPF en productos acabados /producto de cacao final

DOSIS MÁXIMA





Limitada por BPF en productos acabados /producto de cacao final







350 mg/kg en el producto acabado/producto de cacao final

350 mg/kg en el producto acabado/producto de cacao final

580 mg/kg en el producto acabado/producto de cacao final

100 mg/kg: límite residual en el producto acabado/producto de cacao final

Limitada por BPF en el producto
acabado/producto de cacao final


















6 HIGIENE

6.1 Se debe cumplir con el RTCA de Buenas Prácticas de Manufactura.

6.2 Se debe cumplir con el RTCA de Criterio Microbiológicos de los Alimentos.

7 ETIQUETADO

7.1 El producto regulado en esta NTON debe cumplir con las disposiciones de la Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense de Etiquetado de los Alimentos Preenvasados.

7.2 Etiquetado de los envases no destinados a la venta al por menor

7.2.1 No obstante, la identificación del lote y el nombre y la dirección del fabricante, del envasador, del distribuidor y/o del importador podrán ser sustituidos por una señal de identificación, siempre que tal señal sea claramente identificable por los documentos que lo acompañan.


8. MÉTODOS DE ANÁLISIS Y MUESTREO


8.1 Determinación de la Materia del Cacao
De conformidad con los métodos IOCCC 37 (1990)

8.2 Determinación del Cacao en Polvo , Cacao en Polvo Reducido en Grasa y Cacao en Polvo Sumamente Reducido en Grasa

Por elaborar.

8.3 Determinación de la Humedad

De conformidad con los métodos AOAC 977.04 ó IOCCC 26 (1988)-Karl Fisher Method.

8.4 Determinación del Plomo

De conformidad con el método AOAC 934.07.


9 OBSERVANCIA DE LA NORMA

La verificación y certificación de esta Norma estará a cargo del Ministerio de Salud a través de la Dirección de Regulación y los distintos SILAIS del país.

10 ENTRADA EN VIGENCIA

La presente Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense entrará en vigencia a partir de noventa días después de su publicación en la Gaceta Diario Oficial.

11 SANCIONES

El incumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente norma, debe ser sancionado conforme a lo establecido en el Reglamento; La Ley General de Salud No. 423, las Disposiciones
Sanitarias; Decreto No. 391 y No. 432.

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