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REFORMAR EL ACUERDO ADMINISTRATIVO N°. 005-2013, REFERIDO AL NOMBRAMIENTO DE LOS FUNCIONARIOS PRINCIPALES DE LOS OPERADORES DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES DEBEN SER APROBADOS POR EL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TELECOMUNICACIONES Y CORREO
ACUERDO ADMINISTRATIVO N°. 006-2013, aprobado el 17 de abril de 2013
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 70 del 19 de abril de 2013
El Director General del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR) Ente Regulador, en uso de las atribuciones y facultades que le confieren: la Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR) publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 137 del 12 de Junio de 1982; el Reglamento General de la Ley Orgánica de TELCOR, Decreto 128-2004, publicado en La Gaceta,Diario Oficial número 238 del 07 de Diciembre del año 2004; la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales (Ley No. 200) publicada en La Gaceta, Diario Oficial número 154 del 18 de Agosto de 1995 y el Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales, Decreto número 19-96 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 177 del 19 de Septiembre de 1996; y reformas vigentes.
CONSIDERANDO
I. Que corresponde a TELCOR, como Autoridad Reguladora, la normación, regulación, planificación, supervisión, aplicación y control del cumplimiento de las normas que rigen las telecomunicaciones y los servicios postales.
II. Que de conformidad con el arto. 2, numeral 4, del Reglamento General de la Ley Orgánica de TELCOR, es atribución de esta Autoridad Reguladora, proteger el interés público en el mercado de los servicios de las telecomunicaciones y servicios postales, entendiéndose éste como el criterio para tomar decisiones de políticas pública y económicas que buscan garantizar el bien común de la sociedad, bajo un acto administrativo que debe siempre estar orientado a la satisfacción del interés general.
III. Que TELCOR en ejercicio de sus facultades normativas, regulatorias y de planificación, reconsidera los alcances del Acuerdo Administrativo No. 005-2013 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 55 del 22 de Marzo del año 2013, procediendo a su reforma mediante el presente Acuerdo.
POR TANTO, ESTA AUTORIDAD REGULADORA,
ACUERDA:
Primero: Reformar el Acuerdo Administrativo No. 005-2013 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 55 del 22 de Marzo del año 2013, el cual se leerá así:
Artículo 1. Ordenar a los Operadores de servicios de telecomunicaciones, que en función del interés público, deben informar a esta Autoridad Reguladora el nombramiento de sus Gerentes Generales, Gerentes o Jefes de Informática o de Sistemas, Gerentes Financieros y Gerentes o Jefes de Seguridad o quienes ejerzan tales funciones, independientemente de la nominación del cargo.
Articulo 2. Requerir a los Operadores de servicios de telecomunicaciones la presentación de la información de dichos funcionarios, acompañada del perfil profesional y demás documentos que los Operadores consideren pertinentes.
Artículo 3. Ordenar a los Operadores de servicios de telecomunicaciones que en un plazo de treinta días a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, deberán remitir al Ente Regulador la información pertinente de las personas que ocupan los cargos nominados en el artículo primero de este Acuerdo, a efectos de completar el Registro del Operador que corresponda. Para efectos de los futuros nombramientos, este plazo será de diez días hábiles a partir de la toma de posesión.
Segundo: El Presente Acuerdo Administrativo entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de Abril del año dos mil trece. Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos. (F) ORLANDO JOSÉ CASTILLO CASTILLO, DIRECTOR GENERAL.