Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial

Enlace Legislación Relacionada

Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Sistema de Administración Financiera
REPROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA DE LOS RECURSOS DE CONTRAPARTIDAS PREVISTOS EN PRESUPUESTO PARA 1979

DECRETO EJECUTIVO N°. 75, aprobado el 23 de mayo de 1979

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 114 del 24 de mayo de 1979

Reprogramación Presupuestaria de los Recursos de Contrapartidas Previstos en Presupuesto para 1979

No. 75

En la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las trece horas del día veintitrés de mayo de mil novecientos setenta y nueve, reunidos en Casa Presidencial, en Consejo de Ministros, los infrascritos señores: General de División Don Anastasio Somoza Debayle, Presidente de la República; Ingeniero J. Antonio Mora Rostrán, Ministro de la Gobernación; Doctor Julio C. Quintana, Ministro de Relaciones Exteriores; Mayor General Samuel Genie Amaya, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Profesora María Helena de Porras, Ministra de Educación Pública; Doctor Carlos Moisés Baltodano Gonzalez, Ministro de Economía, Industria y Comercio, por la Ley; Doctor Luis Valle Olivares, Ministro de Obras Publicas; Mayor General Guillermo Noguera Zamora, Ministro de Defensa; Doctor Edmundo Bernheim Espinoza, Ministro de Salud Pública; Ingeniero Klaus Selgelmann, Ministro de Agricultura y Ganadería; Doctor Justo García Aguilar, Ministro del Trabajo; previa citación del Excelentísimo Señor Presidente de la República y Licenciado Manuel Centeno Cantillano, Secretario de la Presidencia de la República, que autoriza, resolvieron dictar el siguiente Decreto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En Consejo de Ministros,

Considerando:

Que para atender el desarrollo normal de los proyectos comprendidos dentro del Programa de Reconstrucción de Acción Inmediata. (PRAI), de acuerdo con los avances reales a la fecha, es necesario la reprogramació n presupuestaria de los Recursos de Contrapartida previstos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos para 1979.

Por Tanto:

En uso de las facultades que le confiere el Arto. 233 Cn.

Decreta:

Arto. 1o.- Efectúase el traslado detallado a continuación:





Arto 2o.- La presente Ley deberá ser publicada en "La Gaceta", Diario Oficial y su vigencia será efectiva a partir de esta misma fecha.

Comuníquese: Casa Presidencial. - Managua, Distrito Nacional, veintitrés de mayo de mil novecientos setenta y nueve. - (f) A. SOMOZA , Presidente de la República. - Ministro de la Gobernación, (f) J. Antonio Mora Rostrán. - Ministro de Relaciones Exteriores, (f) Julio C. Quintana V . - Ministro de Hacienda y Crédito Público, (f) Samuel Genie Amaya. - Ministra de Educación Publica, (f) María Helena de Porras. - Ministro de Economía, Industria y Comercio, por la Ley, (f) Carlos Moisés Baltodano Gonzalez. - Ministro de Obras Públicas, (f) Luis Valle Olivares . - Ministro de Defensa, (f) Guillermo Noguera Z. - Ministro de Salud Pública, (f) Edmundo Bernheim E. - Ministro De Agricultura y Ganadería, (f) Klaus Selgelmann. - Ministro del Trabajo, (f) Justo García Aguilar . - Secretario de la Presidencia de la República, que autoriza, (f) Manuel Centeno Cantillano.

Observación: El Decreto Ejecutivo Nº. 75, Reprogramación Presupuestaria de los Recursos de Contrapartidas Previstos en Presupuesto para 1979, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa