EL GOBIERNO DE NICARAGUA CONSTRUIRÁ UNA CARRETERA QUE PARTIENDO DE LA CIUDAD DE CHINANDEGA, PASANDO POR LA DEL VIEJO Y TERMINE EN PUERTO DE EL NACASCOLO SOBRE EL ESTÉREO REAL: Y HABILITAR EL MISMO
DECRETO LEGISLATIVO N°. 70, aprobado el 23 de febrero de 1923
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 48 del 28 de febrero de 1923
El Presidente de la República, a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 70
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
Decretan:
Art. 1o.- El Gobierno construirá una carretera que partiendo de la ciudad de Chinandega y pasando por la de El Viejo, termine en el puerto de El Nacascolo, sobre el Estero Real.
Art. 2o.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que cuando lo estime conveniente habilite al citado puerto de El Nacascolo, para el comercio mundial y emita el respectivo reglamento.
Art. 3o.- Una Junta compuesta de un Presidente, que será el Jefe Político de Chinandega, un Tesorero que será el Administrador de Rentas de la misma ciudad, un Secretario y cuatro Vocales, nombrados por el Ejecutivo, tendrán a su cargo la dirección inmediata de esta carretera y tardarán en el ejercicio de su cargo un año.
Art. 4o.- Los cuatro Vocales se alternarán en el cuidado y la buena marcha y vigilancia de los trabajos.
Art. 5o.- El Gobierno dará a la Junta la suma de doce mil córdobas en partidas mensuales para la construcción de dicha carretera.
Art. 6o.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, que comenzar a regir desde su publicación en La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, 22 de Febrero de 1923.- Eduardo Castillo C., D. P.- Pedro P. Pérez Gallo, D. S.- Luciano García, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, 23 de Febrero de 1923.- J. Demetrio Cuadra, S. P.- Sebastián Uriza, S. S.- M. J. Morales, S. S.
Por tanto:- Publíquese y Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, 24 de Febrero de 1923.-Diego M. Chamorro.- El Ministro de Fomento y Obras Públicas.- Fernando Solorzano.
Observación: El Decreto Legislativo Nº. 70, El Gobierno de Nicaragua Construirá una Carretera que Partiendo de la Ciudad de Chinandega, Pasando por la de El Viejo y Termine en Puerto de El Nacascolo sobre el Estereo Real: y Habilitar el Mismo, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Infraestructura.