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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

Sin Vigencia

TRANSFIERE A PRIMERA CATEGORÍA

DECRETO EJECUTIVO N°. 6, aprobado el 14 de agosto de 1957

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 189 del 21 de agosto de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confieren el Arto. 17 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales de 24 de junio de 1055,

Decreta:

Arto. 1. — Se transfieren a primera categoría o Lista Número uno, las hebillas y zunchos para enfardar algodón, comprendidos en la subpartida 68—06—01 del Código Arancelario de Importaciones.

Arto. 2. — Este Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario.

Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., catorce de Agosto de mil novecientos cincuenta y siete. — LUIS A. SOMOZA D. — El Vice-Ministro de Estado en el Despacho de Economía, Luis A. Cantarero.
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