Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial

Enlace Legislación Relacionada

Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Administrativa


LEY SOBRE PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Y CORTE SUPREMA

DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 27 de abril de 1915

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 102 del 06 de mayo de 1915

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

a sus habitantes,

SABED:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Art. 1º.- La Presidencia del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia será ejercida por el Magistrado propietario de esta Corte, que designe el Congreso en cámaras unidas. No será permitido elegir Presidente en dos períodos consecutivos a un mismo Magistrado.

Art. 2º.- El mismo Congreso en cámaras unidas nombrará un Magistrado propietario, Vicepresidente, que hará las veces del Presidente en caso de falta de aquél, y establecerá el orden en que los otros Magistrados han de sustituir al Presidente en defecto de ambos.

Art. 3º.- En los casos previstos en los artículos anteriores, las votaciones serán publicadas y se harán por medio de cédulas firmadas.

Art. 4º.- Las elecciones y designaciones a que se refieren los dos artículos anteriores, durarán por un año, que empezará el 1° de enero.

Art. 5º.- Las cortes de apelaciones y las salas correspondientes, elegirán su respectivo Presidente para el mismo período a que se refieren el artículo anterior.

Art. 6º.- Las elecciones y designaciones que se hagan en esta vez, durarán hasta el 1° de enero de 1916.

Art. 7º.- Quedan reformados los artículos 75 y 111 de la Ley Orgánica de Tribunales.

Art. 8º.- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en La Gaceta.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, 27 de abril de 1915 – Máximo H. Zepeda, D. P. – Luis M. Gómez C., D. S. – Saturnino Arana, D. S.

Al Poder Ejecutivo – Cámara del Senado – Managua, 4 de mayo de 1915 – Pedro González, S. P. – Sebastián Uriza, S. S. – Vicente Román, S. S.

Por tanto, ejecútese – Casa Presidencial – Managua, cinco de mayo de mil novecientos quince – Adolfo Díaz. – El Ministro de Justicia, Alfonso Ayón.

Observación El Decreto Legislativo S/N, Ley sobre Presidencia del Poder Judicial y Corte Suprema, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa