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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CRÉDITO, SUSCRITO EL 12 DE DICIEMBRE DE 2017 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL (ICO) DEL GOBIERNO DE ESPAÑA CON CARGO AL FONDO PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA ESPAÑOLA F.C.P.J. (FIEM), PARA FINANCIAR EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA POR MEDIO DE AULAS DIGITALES MÓVILES EN CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, DENOMINADO TAMBIÉN DOTACIÓN DE AULAS DIGITALES MÓVILES EN CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 8375, aprobado el 30 de enero de 2018
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 26 del 06 de febrero de 2018
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
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Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial N°. 163- 2017 del 30 de octubre del año 2017, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 220 del 17 de noviembre del año 2017, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el 12 de diciembre de 2017 con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa Española F.C.P.J. (FIEM), el Convenio de Crédito, por un monto de Veintiséis millones setecientos ochenta y siete mil setecientos catorce dólares con 67/100 (US$26,787,714.67), para financiar el Proyecto "Mejoramiento de la Calidad Educativa por medio de Aulas Digitales Móviles en Centros de Educación Secundaria", denominado también "Dotación de Aulas Digitales móviles en Centros de Educación Secundaria", el cual será ejecutado por el Ministerio de Educación (MINED).
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Que mediante el Convenio de Crédito anteriormente relacionado, el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Veintiséis millones setecientos ochenta y siete mil setecientos catorce dólares con 67/100 (US$26,787,714.67), para financiar el Proyecto "Mejoramiento de la Calidad Educativa por medio de Aulas Digitales Móviles en Centros de Educación Secundaria", con las siguientes condiciones financieras: plazo de treinta (30) años, que incluye diez (10) años de gracia, tasa de interés del 1.25%, comisión de disponibilidad de 0.10% anual y comisión de estructuración de 0.10% pagadera en la entrada en vigor del crédito.
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Que el objetivo del Proyecto es mejorar la calidad de la oferta educativa por medio de la dotación de herramientas de tecnologías de información y comunicación que enriquezcan el proceso de Enseñanza-Aprendizaje, en la Educación Básica y Media.
IV
Que las condiciones financieras del convenio de crédito, permiten cumplir con los requerimientos de endeudamiento público de la República de Nicaragua, alcanzando una concesionalidad de 46.24% aproximadamente, el cual está en armonía con los Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2017, Decreto N°. 13-2016, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 146 del 05 de agosto de 2016; y su reforma Decreto N°. 18-2017, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 198 del 18 de octubre de 2017; con los objetivos planteados en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2016-2019, Decreto N°. 06-2016 publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 09 de marzo de 2016 y con lo establecido en la Ley N°. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del Artículo 50 de su Reglamento, Decreto No. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 30 de enero de 2004.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 8375
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE CRÉDITO, SUSCRITO EL 12 DE DICIEMBRE DE 2017 POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL (ICO) DEL GOBIERNO DE ESPAÑA CON CARGO AL FONDO PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA ESPAÑOLA F.C.P.J. ( FIEM), PARA FINANCIAR EL PROYECTO "MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA POR MEDIO DE AULAS DIGITALES MÓVILES EN CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA", DENOMINADO TAMBIÉN "DOTACIÓN DE AULAS DIGITALES MÓVILES EN CENTROS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA"
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Crédito suscrito el 12 de diciembre de 2017, entre la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) del Gobierno de España, con cargo al Fondo para la Internacionalización de la Empresa Española F.C.P.J. (FIEM), por un monto de Veintiséis Millones Setecientos Ochenta y Siete Mil Setecientos Catorce Dólares con 671100 (US$26,787,714.67), para financiar el Proyecto "Mejoramiento de la Calidad Educativa por medio de Aulas Digitales Móviles en Centros de Educación Secundaria", denominado también "Dotación de Aulas Digitales Móviles en Centros de Educación Secundaria", el cual será ejecutado por el Ministerio de Educación (MINED).
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los treinta días del mes de enero del año dos mil dieciocho. Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortés, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea Nacional.