Enlace a Legislación Relacionada
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2244/BL-NI, SUSCRITO EL 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID))
DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 5922, aprobada el 14 de diciembre del 2009
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 240 del 18 de diciembre del 2009
LA ASAMBLEA NACIONAL DE
LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 299 del 16 de noviembre del año 2009, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 224 del 25 de noviembre del año 2009, El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el 28 de noviembre del año 2009 el Contrato de Préstamo No. 2244/BL-NI, con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Diez Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 10,000,000.00).
II
Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por la suma de Diez Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$10,000,000.00) integrado por dos fuentes: a) Financiamiento del Capital Ordinario (CO): El monto de Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000,000.00), a treinta (30) años de plazo, incluyendo seis (6) años de gracia; Amortización cuotas semestrales y en el posible iguales; Tasa de Interés basada en LIBOR; comisión de crédito establecida por el Banco periódicamente, conforme su revisión de cargos financieros; Inspección y Vigilancia N/A; b) financiamiento del Fondo para Operaciones Especiales (FOE): El monto de Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5,000,000.00), a cuarenta (40) años de plazo, incluye cuarenta (40) años de gracia, amortizará un único pago, con una tasa de interés de 0.25% anual, Comisión de Crédito N/A, Inspección y Vigilancia N/A, para financiar el “Programa de Apoyo al Comercio Exterior”.
III
Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el BID son concesionales y están en armonía y están con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2009, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 154 del 12 de agosto del año 2008 y a los objetivos propuestos en la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2008-2011 publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 115 del 18 de junio del año 2008.
POR TANTO
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2244/BL-NI SUSCRITO EL 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009, POR LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, REPRESENTADA POR EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (MHCP) Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
Artículo 1 Se aprueba el Contrato de Préstamo No. 2244/ BL-NI, suscrito el 28 de noviembre del año 2009, por la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público (MHCP) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de Diez Millones de Dólares Netos de los Estados Unidos de América (US$ 10,000,000.00), para financiar el “Programa de Apoyo al Comercio Exterior”, a ser ejecutado por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC).
Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil nueve. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.