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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

Sin Vigencia

TRANSFIERE A PRIMERA CATEGORÍA

DECRETO EJECUTIVO N°. 1, aprobado el 09 de julio de 1957

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 158 del 16 de julio de 1957

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

En uso de sus facultades que le confieren el Arto. 17 de la Ley Reguladora de Cambios Internacionales, de 24 de Junio de 1955.

Decretan:

Arto. 1. — Se transfiere a Primera Categoría o Lista Número Uno, los tejidos de yute, (bramante), para hacer sacos y enfardeladuras, comprendidos en la subpartida … 653—08—02—1.

Arto. 2. — Este Decreto comenzará a regir desde la fecha de su publicación en, «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. — Managua, D. N., nueve de Julio de mil novecientos cincuenta y siete. — LUIS A. SOMOZA D., El Ministro de Estado en el Despacho de Economía, Enrique Delgado.
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