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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE LÍNEA DE CRÉDITO, SUSCRITO EL 02 Y 12 DE JUNIO DE 2020 RESPECTIVAMENTE, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE LA INDIA (EXIM BANK)
DECRETO A.N. N°. 8694, aprobado el 21 de julio de 2020
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 135 del 23 de julio de 2020
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial Nº. 49-2020 publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 101 del 04 de junio de 2020 y Fe de Errata publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 102 del 05 de junio de 2020, el Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 02 y 12 de junio de 2020 respectivamente, el Convenio de Línea de Crédito con el Banco de Exportación e Importación de la India (Exim Bank).
II
Que mediante el Convenio de Línea de Crédito el Banco de Exportación e Importación de la India (Exim Bank), le otorgó a la República de Nicaragua una Línea de Crédito por un monto de Veinte Millones Cien Mil Dólares (US$ 20, 100,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, a veinte (20) años de plazo, incluyendo cinco (5) años de gracia, con una tasa de interés ordinaria del uno punto setenta y cinco por ciento (1.75%) anual y un cargo por compromiso a una tasa del cero punto cincuenta por ciento (0.50%) anual sobre el monto del crédito no retirado, para financiar el "Proyecto de Reconstrucción del Hospital Aldo Chavarría". Ejecución a cargo del Ministerio de Salud (MINSA).
llI
Que la concesionalidad de los recursos del Gobierno de la India, a través del Exim Bank, permite una tasa de concesionalidad de 28.94% aproximadamente, en armonía con los Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2020, Decreto Nº. 18- 2019, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 143 del 30 de julio de 2019 y está conforme con lo establecido en el Artículo 49, Decreto Nº. 2-2004, Reglamento de la Ley Nº. 477, Ley General de Deuda Pública, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 21 del 30 de enero de 2004 y sus reformas.
POR TANTO
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. N°. 8694
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE LÍNEA DE CRÉDITO, SUSCRITO EL 02 Y 12 DE JUNIO DE 2020 RESPECTIVAMENTE, POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, Y EL BANCO DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE LA INDIA (EXIM BANK)
Artículo 1 Apruébese el Convenio de Línea de Crédito, por un monto de Veinte Millones Cien Mil Dólares (US$ 20, 100,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, suscrito el 02 y 12 de junio de 2020 respectivamente, por el Gobierno de la República de Nicaragua, representado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y el Banco de Exportación e Importación de la India (Exim Bank), para financiar el "Proyecto de Reconstrucción del Hospital Aldo Chavarría", que ejecutará el Ministerio de Salud (MINSA).
Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional, en la ciudad de Managua a los veintiún días del mes de julio del año dos mil veinte. MSP. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.