(FE DE ERRATA DEL DECRETO EJECUTIVO N°. 2-L, REFÓRMASE Y ADICIÓNASE LEY DE 23 DE JULIO DE 1935 SOBRE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL)
FE DE ERRATA
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nº. 88 del 22 de abril de 1968
“FE DE ERRATA
El Arto. 5º del Decreto Legislativo Nº 2-L de fecha: 3 de Abril de 1968, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial Nº' 82 del 5 de Abril de 1968, deberá leerse así:
"Arto. 5º.- Se establece el registro obligatorio de las marcas de fábrica y comercio que se usen para proteger y distinguir productos Químico-Industriales, Veterinarios, Farmacéuticos, Medicinales, y de alimentos adicionados con medicinas. En consecuencia el Ministerio de Agricultura y Ganadería y el Ministerio de Salud Pública, en sus respectivos casos, no podrán autorizar el libre expendio de productos de esta clase mientras no se les presente por el interesado el título del registro de la marca que ampara el producto, debiendo hacerse constar en el certificado que expidan dichos Ministerios el número de la marca”.
LA DIRECCION”