Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO QUE AUTORIZA LA SALIDA DE UN COMPONENTE REDUCIDO DE LA UNIDAD HUMANITARIA DE RESCATE (UHR) DEL EJÉRCITO DE NICARAGUA. HACIA LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

DECRETO LEGISLATIVO N°. 2814, aprobado el 31 de enero de 2001

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 36 del 20 de febrero de 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el día de ayer un fuerte sismo de 7.6 en la Escala de Richter sacudió el sur de México y la región Centroamericana, ocasionando la dolorosa pérdida de vidas humanas y serios daños materiales en la hermana República de El Salvador.
II

Que en el marco de la Conferencia de Fuerzas Armadas de Centroamérica se ha creado la Unidad Humanitaria de Rescate (UHR-CFAC), destinada a brindar auxilio a la población civil en casos de desastres naturales, Unidad que está integrada por componentes de todos los Ejércitos de Centroamérica.
III

Que ante estos lamentables hechos las autoridades de nuestra hermana República de El Salvador han solicitado el auxilio de la UHR del Ejército de Nicaragua.
En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1.- Se autoriza la salida a partir del día quince del presente mes de un componente reducido de la Unidad Humanitaria de Rescate (UHR) del Ejército de Nicaragua, de 90 efectivos, 2 Helicópteros MI-17, 1 Avión ANTONOV – 26, y técnica de transporte terrestre, hacia la hermana República de El Salvador, en misión humanitaria de búsqueda, salvamento y rescate, escombreo, transporte por aire de ayuda humanitaria a lo interior del país, asistencia médica de emergencia, en apoyo de las misiones que le plantee el Comité de Emergencia de El Salvador.

Artículo 2.- Envíese el Decreto a la Honorable Asamblea Nacional, para su debida aprobación.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treintaiun días del mes de Enero del dos mil uno. ÓSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional. PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, diecinueve de Febrero del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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