INSUMOS AGROPECUARIOS.
REQUISITOS PARA LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE SEMILLA CERTIFICADA DE GRANOS BÁSICOS Y SOYA
NTON 11 028-10/ RTCA 65.05.53:10, aprobada el 4 de abril de 2011
Publicada en La Gaceta Diario Oficial N°. 168 y 169 del 06 y 07 de septiembre del 2011
CERTIFICACIÓN
La infrascrita Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, CERTIFICA que en el Libro de Actas que lleva dicha Comisión, en los folios que van del setenta y seis (76) a la ochenta (80), se encuentra el Acta No. 003-10 “Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión de Normalización Técnica y Calidad”, la que en sus partes conducentes, expone: “En la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a las nueve con cincuenta minutos de la mañana del día miércoles veintidós de diciembre del año dos mil diez, reunidos en el Despacho del Ministro de Fomento, Industria y Comercio, por notificación de convocatoria enviada previamente el día siete de diciembre del años dos mil diez, de conformidad a lo establecido en Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad, están presentes los miembros titulares y delegados de la Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad (CNNC) entre los cuales se encuentran: Verónica Rojas Berríos en su calidad de Ministra por la Ley y Presidente de la CNNC; Benjamín Dixón; representación del Ministro Agropecuario y Forestal (MAGFOR); Hilda Espinoza en representación de la Ministra de Ambiente y Recursos Naturales (MARENA); José León Arguello en representación de la Ministra de Trabajo (MITRAB); Nelda Rosa Hernández en representación del Ministro de Transporte e Infraestructura (MTI); Marvin Antonio Collado en representación del Director del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR); Onasis Delgado en representación del Director del Instituto Nacional de Energía (INE); Julio Solís Sánchez en representación del Director del Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA); Fernando Ocampo en representación del Ministro de Energía y Minas. Así mismo participan en esta sesión Sara Amelia Rosales, en su carácter de Secretaria Ejecutiva de la CNNC y los siguientes invitados especiales; Juergens Lacayo de parte del MTI; Jorge Enrique Rodríguez de parte del MAGFOR; Noemí Solano, Patricia Cruz, Oscar López, Ingrid Matus y María Auxiliadora Campos de parte del MIFIC. Habiendo sido constatado el quórum se procede a dar por iniciada esta sesión y se declara abierta” (…) 05-10 (APROBACIÓN DE NUEVE NORMAS TÉCNICAS NICARAGÜENSES). (…) “la compañera Noemí Solano procede a presentar, los Proyectos de Normas Técnicas Nicaragüenses quienes deciden aprobar las ocho normas de las nueve presentadas que a continuación se detallan:" (...) 7) NTON 11 028-10/RTCA 65.05.53:10 Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense/Reglamento Técnico Centroamericano Insumos Agropecuarios. Requisitos para la producción y comercialización de semilla certificada de granos básicos y soya (…). No habiendo otros asuntos que tratar se levanta la sesión a las once con veinticinco minutos de la mañana del día veintidós de diciembre del año dos mil diez. (f) Verónica Rojas Berríos (Legible)- Ministra por la Ley MIFIC, Presidente de la CNNC (f) Sara Amelia Rosales Castellón. (Legible), Secretaria Ejecutiva CNNC”. A solicitud del Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR) extiendo, en una hoja de papel común tamaño carta, esta CERTIFICACIÓN, la cual es conforme con el documento original con el que fue cotejada, para su debida publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República, y la firmo, sello y rubrico en la ciudad de Managua a los cuatro días del mes de abril del año dos mil once (f) Lic. Sara Amelia Rosales C. Secretaria Ejecutiva; Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad.
INSUMOS AGROPECUARIOS.
REQUISITOS PARA LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE SEMILLA CERTIFICADA DE GRANOS BÁSICOS Y SOYA
CORRESPONDENCIA: Este reglamento no tiene correspondencia con ninguna norma internacional.
ICS 62.020.20 NTON 11 028-10/RTCA 65.05.53:10
Reglamento Técnico Centroamericano, editado por:
- Ministerio de Economía, MINECO
- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, CONACYT
- Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC
- Secretaría de Industria y Comercio, SIC
- Ministerio de Economía Industria y Comercio, MEICLa NTON 11 028 – 10/RTCA 65.05.53:10 Insumos Agropecuarios. Requisitos para la producción y comercialización de semilla certificada de granos básicos y soya, ha sido revisada por el Comité Técnico de Semilla y en su revisión participaron las siguientes personas:
Noel Pallais Checa INTA
Eliette Palacios INTA
Guillermo Arguello INTA
Martín Mena U. INTA
Camilo Gutiérrez INTA
Leonel Espinoza L. Productor
Odel Gutiérrez Productor
Ramiro Castillo C. Productor
Francisco Aguilera Productor
Roberto Reyes F. Productor
Jaime Falla AGRONEGSA
William Gurdián Productor
Carlos Mairena MAG-FOR
Francisco Pavón MAG-FOR
Ricardo Valerio MAG-FOR
Dionisio Soto MAG-FOR
Luis Dinarte MAG-FOR
Wilfredo Murillo Guadamuz MAG-FOR
Francisco Cajina MAG-FOR
Ariel Cajina UNA
Axel Schmidt CIIAT
Alejandro Raskosky UPANIC
Gustavo Córdova INTA
INFORME
Los respectivos Comités Técnicos de Normalización o Reglamentación Técnica a través de los Entes de Reglamentación Técnica de los países centroamericanos, son los organismos encargados de realizar el estudio o la adopción de los reglamentos técnicos. Están integrados por representantes de la Empresa Privada, Gobierno, Organismos de Protección al Consumidor y Académico Universitario.
Este documento fue aprobado como Reglamento Técnico Centroamericano, NTON 11 028-10/RTCA 65.05.53:10 Insumos Agropecuarios. Requisitos para la producción y comercialización de semilla certificada de granos básicos y soya, adoptados por los Subgrupos de Insumos Agropecuarios, Mesa de Semillas y Medidas de Normalización. La oficialización de este Reglamento Técnico, conlleva la aprobación por el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO).
MIEMBROS PARTICIPANTES DEL SUBGRUPO
Por Guatemala
Área Fitozoogenética de la Unidad de Normas y Regulaciones
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Por El Salvador
Área de Certificación de Semillas
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Por Nicaragua
Departamento de Semillas
Ministerio Agropecuario y Forestal
Por Honduras
Departamento de Certificación de Semillas
Secretaria de Agricultura y Ganadería
Por Costa Rica
Oficina Nacional de Semillas
1. OBJETO
Establecer los requisitos, procedimientos y estándares de campo y laboratorio que deben cumplirse para la producción y comercialización de semillas certificadas de granos básicos (arroz, frijol, sorgo, maíz) y soya.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Aplica a las semillas de las categorías de fundación o básica, registrada y certificada en los cultivos de arroz, frijol, sorgo, maíz y soya, que se destinen a la producción y comercialización en los países Centroamericanos.
3. DOCUMENTOS CONSULTADOS
3.1 Reglas internacionales para ensayos de semillas (ISTA)
3.2 Proyecto regional de estandarización de políticas y regulaciones en semillas (OIRSA-BM)
3.3 Asociación de Agencias Oficiales de Certificación de semillas (AOSCA)
4. DEFINICIONES
4.1 Aislamiento: separación en tiempo, distancia o barrera física, establecidos en un reglamento técnico, por la cual una fuente semillera se aparta de individuos u otras fuentes no deseables para evitar su contaminación.
4.2 Categoría de semillas: es la generación mediante la cual se identifica la fase de reproducción o multiplicación de una semilla sujeta a certificación y que responde a determinados estándares de calidad.
4.3 Estándares de campo: parámetros de calidad fijados en un programa de certificación, a través de un reglamento técnico, que deben cumplir los campos o áreas de reproducción de semilla.
4.4 Estándares de laboratorio: parámetros de calidad fijados en un programa de certificación de semillas, que debe alcanzar una muestra representativa de un lote de semilla, establecidos a través de un reglamento técnico.
4.5 Germinación: emergencia y desarrollo a partir del embrión de la semilla, de aquellas estructuras esenciales que para la clase de semilla que se está ensayando, indican la capacidad para desarrollarse en planta normal bajo condiciones favorables en el suelo.
4.6 Humedad de la semilla: contenido de agua en la semilla, generalmente expresado en porcentaje (%).
4.7 Lote de semilla: cantidad específica de semillas, físicamente identificable, respecto del cual se puede emitir un certificado oficial de análisis de calidad.
4.8 Malezas comunes: son todas aquellas que compiten con el cultivo por espacio, agua, luz, nutrientes, pero que son de fácil control en campo y eliminación durante el acondicionamiento de la semilla del cultivo en cuestión.
4.9 Malezas nocivas: son plantas indeseables que presentan características inconvenientes que dificultan su erradicación una vez establecidas en una zona, o que interfieren en las prácticas agronómicas normales del cultivo, o sirven como hospederas de plagas o enfermedades, o que su hábito de crecimiento afecte el desarrollo normal del cultivo y que son de difícil eliminación en campo o durante el proceso de acondicionamiento.
4.10 Materia inerte: son fragmentos de semilla, estructuras no definidas como semilla pura y toda otra materia denominada como tal por ISTA.
4.11 Muestra: cantidad de semilla representativa de un lote, que se obtiene mediante la combinación y mezcla de submuestras tomadas al azar de diferentes puntos del lote.
4.12 Otras semillas: son semillas o pseudosemillas de cualquier especie vegetal distinta a la semilla pura.
4.13 Plaga: son patógenos o forma de vida animal o vegetal potencialmente dañina para plantas en general y sus productos.
4.14 Plantas fuera de tipo: son plantas de la misma variedad que se está reproduciendo, o de otra variedad, que se diferencian del cultivar en la expresión de una o más características morfológicas o fisiológicas como: pigmentación, pubescencia en tallos y hojas, color, forma, tamaño de flores y sus partes, color, tamaño del fruto y semilla o características de maduración, macollamiento, esterilidad masculina u otros.
4.15 Semilla certificada: primera generación de la semilla Registrada o de una categoría superior y que cumple con los estándares establecidos para esta categoría en el presente reglamento.
4.16 Semilla de fundación o básica: primera generación obtenida a partir de la siembra de la semilla genética, madre o de la básica y que cumple con los estándares establecidos para esta categoría en el presente reglamento.
4.17 Semilla genética o madre: semilla original de un cultivar o variedad, resultante del proceso de mejoramiento genético, que permanece bajo el control del fitomejorador y que constituye la fuente inicial para la producción de semilla básica o de fundación.
4.18 Semilla pura: son las semillas de especies encontradas como predominantes en el análisis, incluyendo todas las variedades botánicas y cultivares de dichas especies. Incluye todas las denominaciones brindadas por la ISTA.
4.19 Semilla registrada: primera generación obtenida a partir de la siembra de la semilla de Fundación o Básica y que cumple con los estándares establecidos para esta categoría en el presente reglamento.
4.20 Semilla: toda estructura vegetal destinada a la reproducción sexual o multiplicación asexual de una especie, tales como semilla botánica, esquejes, estacas, injertos-patrones, yemas, bulbos, rizomas, tubérculos, in vitro y otros.
4.21 Semillas de otros cultivos: aquellas semillas de especies cultivadas diferentes a la que es objeto de análisis o certificación.
4.22 Variedad: conjunto de individuos botánicos cultivados que se definen e identifican por determinados caracteres genéticos, morfológicos, fisiológicos, citológicos, químicos, u otros y que mantiene su homogeneidad y estabilidad al reproducirse o multiplicarse.
5. SÍMBOLOS Y ABREVIATURA
OIRSA: Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria
ISTA: International Seed Testing Association
AOSCA: Association of Official Seed Certifying Agencies
BM: Banco Mundial
6. ENTE NACIONAL COMPETENTE
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Guatemala
Ministerio de Agricultura y Ganadería de El Salvador
Secretaría de Agricultura y Ganadería de Honduras
Ministerio Agropecuario y Forestal de Nicaragua
Oficina Nacional de Semillas de Costa Rica
7. ESPECIFICACIONES
7. 1 Requisitos generales
Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que se dedique a la producción de semilla certificada deberá inscribirse en el ente nacional competente, y cumplir con los requisitos establecidos en el formulario uno (1).
7.1.1 Aislamiento
Tabla 1. Aislamiento para los campos de producción de semillas
CULTIVO | DISTANCIA |
ARROZ | |
Siembra por trasplante | 3 m |
Siembra con sembradora | 4 m |
Siembra al voleo (equipo terrestre y manual) | 15 m |
Siembra con avión (paralela al campo) | 50 m |
Siembra con avión (perpendicular al campo) | 300 m |
FRÍJOL | |
Cualquier tipo de siembra | 5 m |
MAÍZ | |
Para categoría registrada y certificada | |
Para categoría básica | 500 m |
SOYA | |
Cualquier variedad y categoría | 5m |
1 Nota: este parámetro aplica si el contaminante es del mismo color del grano.
2 Nota: este parámetro aplica si el contaminante es de diferente color del grano.
Tabla 2. Aislamiento para los campos de producción de semillas de Sorgo Híbrido
Distancia en metros
CLASE Y CATEGORÍAS DE CULTIVO | SORGO DE GRANO | | | | ZACATE SUDÁN |
Granífero Fundación | 1000 | 2000 | 5000 | 600 | 1000 |
Granífero Registrada | 1000 | 2000 | 5000 | 500 | 1000 |
Granífero Certificada | 500 | 1000 | 5000 | 400 | 1000 |
Forrajero Certificada | 300 | 300 | 5000 | 400 | 400 |
Tabla 3. Aislamiento para los campos de producción de semillas de
Sorgo de polinización libre
Distancia en metros
CLASE Y CATEGORÍAS DE CULTIVO | SORGO DE GRANO | | | | |
Granífero Fundación | 300 | 1000 | 5000 | 400 | 1000 |
Granífero Registrada | 300 | 1000 | 5000 | 400 | 1000 |
Granífero Certificada | 100 | 500 | 5000 | 400 | 500 |
Forrajero Fundación | 300 | 300 | 5000 | 500 | 1000 |
Forrajero Registrada | 300 | 300 | 5000 | 500 | 1000 |
Forrajero Certificada | 100 | 100 | 5000 | 300 | 1000 |
7.1.2 Estándares de campo y laboratorio para la producción de semilla
Tabla 4. Semilla fundación o básica de arroz
FACTOR |
|
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo1/ |
Plantas fuera de tipo/ha
Plantas de arroz rojo/ha
Plantas de otros cultivos
Plantas de malezas nocivas/ha | |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínima)2/
Humedad máxima
Semillas de arroz rojo | |
Tabla 5. Semilla registrada de arroz
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 1 año3/ |
Plantas fuera de tipo/ha
Plantas de arroz rojo/ha
Plantas malezas nocivas/ha | |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máxima)
Semillas de arroz rojo
Semilla manchada * | 4/kg.
98%
2%
2/kg.
0
0
80% 2/
13%
0
3% |
*Se refiere a semillas manchadas por causa de plagas
Tabla 6. Semilla certificada de arroz
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 1 año3/ |
Plantas fuera de tipo/ha
Plantas de arroz rojo/ha
Malezas nocivas | |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo)
Semillas de arroz rojo
Semilla manchada* | 30/kg
98%
2%
4/kg
0
1/kg
80%
13%
1/kg
5% |
*Se refiere a semillas manchadas por causa de plagas
Tabla 7. Semilla básica de fríjol
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses3/ |
Plantas fuera de tipo | 0 |
Plantas de otros cultivos | 0 |
LABORATORIO | |
Semillas de otras variedades | 0 |
Semilla pura (mínimo) | 98% |
Materia inerte (máximo) | 2% |
Semillas de malezas nocivas | 0 |
Semillas de otros cultivos | 0 |
Humedad (máximo) | 13% |
Germinación (mínimo) | 80% 2/ |
Tabla 8. Semilla registrada de fríjol
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses3/ |
Plantas fuera de tipo | 1/3000 |
LABORATORIO | |
Semillas otras variedades | 4/kg |
Semilla pura (mínimo) | 98% |
Materia inerte (máximo) | 2% |
Semillas de malezas nocivas | 0 |
Semillas de otros cultivos | 0 |
Humedad (máximo) | 13% |
Germinación (mínimo ) | 80% 2/ |
Tabla 9. Semilla certificada de fríjol
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses3/ |
Plantas fuera de tipo | 1/2000 |
LABORATORIO | |
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas nocivas
Semillas de otros cultivos
Humedad (máximo)
Germinación (mínimo) | |
Tabla 10. Estándares de campo: enfermedades de frijol
(Por planta)
ENFERMEDADES | SEMILLA FUNDACIÓN | SEMILLA REGISTRADA | SEMILLA CERTIFICADA |
Poty virus del mozaico común | 0 | 0 | 1/1000 |
Marchitez bacteriana (Xanthomonas) | 0 | 1/2000 | 1/1000 |
Antracnosis (Colletotrichum lindemutianum) | 0 | 0 | 1/1000 |
Mustia hilachosa (Thanatephorus cucumeris) | 0 | 1/2000 | 1/1000 |
Tabla 11. Polinización abierta semilla básica o fundación de maíz
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo 1/ |
Plantas fuera de tipo | 1/4000 |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo) | |
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | |
Tabla 12. Polinización abierta semilla registrada de maíz
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo 1/ |
Plantas fuera de tipo | 1/2000 |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | 2/kg.
98%
2%
0
0
80% 2/
12% |
Tabla 13. Polinización abierta semilla certificada de maíz
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo 1/ |
Plantas fuera de tipo | 1/1000 |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | |
Tabla 14. Líneas puras de maíz: Categoría básica o fundación
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo 1/ |
Plantas fuera de tipo | 1/4000 |
Diferente tipo de mazorca | 1/ 4000 |
Mazorcas con diferente color o textura | 1/4000 |
LABORATORIO
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | |
Tabla 15. Cruzas simples de maíz: Categoría básica o fundación
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo 1/ |
Anteras extendidas | 50 mm |
Plantas fuera de tipo | 1/2000 |
Diferente tipo de mazorca | 1/2000 |
Mazorcas con diferente color o textura | 1/2000 |
LABORATORIO
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | |
NOTA 1. Para categoría fundación o básica, durante la etapa de floración para producción de semilla híbrida, debe existir el 5% o más plantas con estigmas receptivos en los progenitores femeninos, para verificar en la primera inspección que no mas del 0.5% de plantas del progenitor femenino haya liberado polen, o si la suma de las observaciones en tres inspecciones no exceda el 1%, en caso contrario el lote o área de producción de semilla se descarta.
Tabla 16. Híbridos semilla certificada de maíz
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | Nuevo 1/ |
Anteras extendidas | 50 mm |
Plantas fuera de tipo | 1/1000 |
Diferente tipo de mazorca | 1/1000 |
Mazorcas con diferente color o textura | 1/1000 |
LABORATORIO
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas
Semillas de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | |
NOTA 1. Para categoría de semilla certificada, durante la etapa de floración para producción de semilla híbrida, debe existir el 5% o más plantas con estigmas receptivos en los progenitores femeninos, para verificar en la primera inspección que no mas del 1% de plantas del progenitor femenino haya liberado polen, o si la suma de las observaciones en tres inspecciones no exceda el 2%, en caso contrario el lote o área de producción de semilla se descarta.
Tabla 17. Polinización abierta semilla básica o fundación de sorgo
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO
Lote o área de producción
Otras variedades
Fuera de tipo
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | 6 meses 3/
1/50,000
1/20,000
5/kg
98%
2%
0
0
0
80% 2/
12% |
Tabla 18. Polinización abierta semilla registrada de sorgo
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción
Otras variedades
Fuera de tipo | 6 meses 3/
1/35,000
1/10,000 |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máxima)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | 10/kg
98%
2%
0
0
0
80% /2
12% |
Tabla 19. Polinización abierta semilla certificada de sorgo
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses /3 |
Otras variedades
Fuera de tipo | |
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | 25/kg
98%
2%
0
0
0
80%
12% |
Tabla 20. Líneas puras de sorgo: Categoría básica o fundación
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción
LABORATORIO
Semillas de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | 6 meses /3
5/kg
98%
2%
0
0
0
80% 2/
12% |
Tabla 21. Híbridos semilla certificada de sorgo
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses /3 |
LABORATORIO
Semilla de otras variedades
Semilla pura (mínimo)
Materia inerte (máximo)
Semillas de malezas comunes
Semilla de malezas nocivas
Semilla de otros cultivos
Germinación (mínimo)
Humedad (máximo) | 25/kg
98%
2%
0
0
0
80%
12% |
Tabla 22. Líneas puras de sorgo: Categoría básica o fundación y certificada
MÁXIMO PERMITIDO EN CUALQUIER INSPECCIÓN DE CAMPO |
| BÁSICA O FUNDACIÓN | HÍBRIDO CERTIFICADA |
FACTOR | INSPECCIÓN FLORACIÓN | INSPECCIÓN FINAL | |
Plantas de otras variedades | 1:50,000 | 1:50,000 | 1:20,000 |
Plantas fuera de Tipo | 1:20,000 | 1:20,000 | 1:1,000 |
Plantas hembra emitiendo polen | 1/3000 | 1/3000 | 1/1500 |
NOTA 1. Para verificar los estándares de la tabla 22, debe existir el 5% o más plantas con estigmas receptivos en los progenitores femeninos.
Tabla 23. Semilla de fundación o básica de soya
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses /3 |
Plantas fuera de tipo | 1/5000 |
LABORATORIO | |
Semillas de otras variedades | 1/kg |
Semilla pura (mínimo) | 98% |
Materia inerte (máximo) | 2% |
Semillas de malezas comunes | 0 |
Semillas de malezas nocivas | 0 |
Semillas de otros cultivos | 0 |
Germinación (mínimo) | 80% 2/ |
Humedad ( máximo) | 12% |
Tabla 24. Semilla registrada de soya
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses 3/ |
Plantas fuera de tipo | 1/2,000 |
LABORATORIO | |
Semillas de otras variedades | 2/kg |
Semilla pura (mínimo) | 98% |
Materia inerte (máximo) | 2% |
Semillas de malezas comunes | 0 |
Semillas de malezas nocivas | 0 |
Semillas de otros cultivos | 0 |
Germinación (mínimo) | 80% 2/ |
Humedad ( máximo) | 12% |
Tabla 25. Semilla certificada de soya
FACTOR | ESTÁNDAR |
CAMPO | |
Lote o área de producción | 6 meses 3/ |
Plantas fuera de tipo | 1/1,000 |
LABORATORIO | |
Semillas de otras variedades | 4/kg |
Semilla pura (mínimo) | 98% |
Materia inerte (máximo) | 2% |
Semillas de malezas comunes | 0 |
Semillas de malezas nocivas | 0 |
Semilla de otros cultivos | 0 |
Germinación (mínimo) | 80% |
Humedad (máximo) | 12% |
NOTAS:
1. Nuevo: se considerará como nuevo aquel lote o área de producción que no haya sido sembrado anteriormente con el mismo cultivo. No obstante, podrán autorizarse lotes o áreas de reproducción anteriormente sembradas, si se trata de la misma variedad y categoría. Podrán ser habilitadas para otra variedad siempre y cuando se someta a un proceso de rotación con otros cultivos o manejo técnico que demuestre la eliminación de contaminantes.
2. Quedará a discreción de las Autoridades Nacionales Competentes de cada país aceptar porcentajes menores tomando en consideración la importancia de esta categoría y las necesidades de semilla, siempre que se declare el porcentaje real de germinación.
3. Se refiere al tiempo de descanso del terreno. También aplica lo indicado para semilla de Fundación.
7.1.3 Muestreo y análisis de calidad
La metodología para toma de muestra y de análisis de calidad de un lote de semillas para efectos de certificación, se llevara a cabo, siguiendo el procedimiento establecido en las reglas internacionales para ensayos de semillas de Asociación Internacional para ensayos de semillas (ISTA) vigentes y aquellas no comprendidas es esta, se regirán por las reglas de la Asociación Oficial de Análisis de Semillas (AOSA).
7.1.3.1 Análisis de calidad
Los análisis de calidad mínimos para la certificación de semillas son:
Análisis de pureza física
Análisis de germinación
Humedad
Otros análisis podrán ser requeridos en función de lo establecido para cada uno de los cultivos en este reglamento.
7.1.3.2 Vigencia de la fecha de análisis hasta 6 meses para semillas certificadas de granos básicos (sorgo, maíz, arroz, frijol) y hasta 4 meses para soya. (Ver Resolución COMIECO No.119-2004 numeral 1.e).
8. ETIQUETADO
8.1 Los productores de semillas solicitarán al Ente Nacional Competente, las etiquetas de certificación. El productor en su solicitud deberá indicar que cantidad de etiquetas requerirá; indicando la variedad, categoría de semilla y el peso del contenido de cada envase.
8.2 Las etiquetas de certificación tendrán colores específicos según la categoría de la semilla.
Tabla 26. Color de las etiquetas de certificación
CATEGORÍA | COLOR |
Básica | Blanco |
Registrada | Rosado o morado |
Certificada | Azul o celeste |
8.3 La etiqueta de certificación de semillas para ser colocadas en los respectivos envases, deben indicar los requisitos de calidad establecidos en el presente Reglamento Técnico Centroamericano para la producción y comercialización de semilla certificada de granos básicos y soya.
8.4 Las etiquetas de certificación de semillas deben contener la siguiente información:
a) Productor
b) Cultivo
c) Variedad
d) Categoría
e) Semilla pura (mínimo)
f) Germinación (mínimo)
g) Lote #
h) Fecha de vencimiento de análisis
i) Número de etiqueta: la numeración foliada de la etiqueta será precedida por la inicial del país de origen (HN para Honduras, GT para Guatemala, CR para Costa Rica, SV para el Salvador y NI para Nicaragua)
8.5 Al reverso de la etiqueta de certificación se describirá la información siguiente:
Ente Nacional Competente
Deberá contener la siguiente leyenda: “la semilla contenida en este envase es producida bajo la supervisión de la entidad certificadora oficial y cumple con los estándares establecidos por los países que conforman la región Centroamericana”.
8.6 Cuando las semillas son tratadas con sustancias tóxicas para la salud humana o animal, deberá indicarse en el envase la frase “no apta para el consumo humano, animal o extracción de subproductos, “tratada con sustancia tóxica”.
9. VIGILANCIA Y VERIFICACIÓN
Corresponde la vigilancia y verificación de este reglamento técnico en el territorio de los países centroamericanos, al Ministerio o Entidad competente.
10. BIBLIOGRAFÍA
a) Ley de semillas de El Salvador, decreto No 530, publicado en el diario oficial No. 177, tomo No. 352 de fecha 20 de septiembre del 2001.
b) La Ley de semillas de Honduras tiene el decreto No.1046 del 15 de julio de 1980 y el Reglamento de semillas No. 1942 del año 1982.
c) Ley de Semillas No 6289. Costa Rica. Diciembre 1978.
d) Reglamento a la Ley de Semillas No 6289. Costa Rica. Decreto Ejecutivo No 12907. Octubre 1979.
e) Estándares de campo y laboratorio armonizados para la producción de semillas. Proyecto regional de estandarización de políticas y regulaciones en semillas. OIRSA-BANCO MUNDIAL. 1999.
f) Genetic and Crop Standards. Association of Official Seed Certifying Agencies (AOSCA). 1997.
g) International Rules for Seed Testing. Edition 2007. International Seed Testing Association.
h) Acuerdo Gubernativo de Guatemala Normas reglamentarias para la producción, certificación y comercialización de semillas agrícolas y forestales. Del 12 de mayo 1961.
i) Acuerdo Gubernativo de Guatemala Reglamento de condiciones y requisitos básicos para los Semilleristas, del 19 de enero 1962.
j) Acuerdo Ministerial de Guatemala No. 312-2006. Disposiciones aplicables para prohibir el ingreso de malezas cuarentenarias asociadas a los envíos. Del 29 de mayo 2006.
k) Ley 280. Ley de Producción y Comercio de Semillas y su Reglamento. Gobierno de Nicaragua, Ministerio de Agricultura y Ganadería. Febrero de 1998.
l) Guías Técnicas para Producción de Semillas de Granos Básicos, Oleaginosas y Papa. Gobierno de Nicaragua, Ministerio de Agricultura y Ganadería. Marzo de 1998.
m) Metodología para la Presentación de Normas Técnicas Nicaragüenses. Comisión Nacional de Normalización Técnica y Calidad. Ministerio de Economía y Desarrollo de Nicaragua. Diciembre de 1996.
n) Ciat-Centro Internacional de Agricultura Tropical Descriptores Varietales: Arroz, Frijol, Maíz, Sorgo, Cali-Colombia. P.1-2. 1993.
o) Norma Técnica para la Producción y Comercialización de Semilla Certificada de Granos Básicos y Soya. Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense-NTON Junio14/2002. Nicaragua.
Anexo A
(Normativo)
FORMULARIO 1
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE LOTES O CAMPOS PARA LA PRODUCCIÓN DE SEMILLA DENTRO DEL MARCO DE LA UNIÓN ADUANERA
DATOS PERSONALES
1. Nombre del Productor: __________________________________________________
2. Representante Legal: ___________________________________________________
3. Cédula o documento único de Identidad: _____________________ Registro ______
4. Extendida en: __________________________________________________________
5. Residencia: ____________________________________________________________
6. Teléfono: _____________________________________________________________
7. Nombre del multiplicador o reproductor:_____________________________________
8. Cédula o documento único de Identidad: ____________________________________
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
9. Nombre de la finca: ____________________________________________________
10. Comunidad, Distrito o Aldea:_____________________________________________
11. Municipio o Cantón: ___________________________________________________
12. Departamento o Provincia: _______________________________________________
13. Nombre de la persona con quien entenderse en la finca: ________________________
14. Nombre o número del lote dentro de la finca: ________________________________
15. Croquis del lote(s) con puntos de referencia dentro de la finca (al dorso)
ORIGEN DE LA SEMILLA A SEMBRAR16. Productor: ___________________________________________________________
17. No. de Registro de Productor: ____________________________________________
18. Lote No.____________ Fecha de análisis______________
19. Año de producción: __________
SEMILLA A PRODUCIR
20. Categoría: Básica____________ Registrada ___________ Certificada _______
21. Tipo: ________ Línea__ _____ Variedad __________ Híbrido _________
22. Cultivo: __________________________
23. Cultivar: __________________________
24. Superficie a sembrar: _____________ ha
25. Fecha aproximada de siembra: ____________________________________________
26. Producción estimada: ________ tm
27. Lugar y Fecha: ________________________________________________________
Adjuntar:
- Fotocopia Certificado de Origen de la semilla (cuando proceda)
- Fotocopia Factura Comercial (Importación de Semilla)
FIRMA PRODUCTOR Y/O REPRESENTANTE
Original ---- Productor
1ª.Copia ---- Organismo certificador
ANEXO B
(Normativo)
Notas:
1. En la numeración foliada de la etiqueta será precedida por la inicial del país de origen
2. Vigencia del análisis de hasta 6 meses para semillas de granos básicos (sorgo, maíz, arroz, frijol) y 4 meses para soya.
-FIN DEL REGLAMENTO TÉCNICO-