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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera

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DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO N°. 1605P, SUSCRITO EL 14 DE OCTUBRE DE 2014, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA OPEC FUND FOR INTERNATIONAL DEVELOPMENT (OFID), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DEL CAMINO SAN JUAN DE RÍO COCO - LAS CRUCES

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 7618, aprobado el 25 de noviembre de 2014

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 226 del 27 de noviembre de 2014

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 164-2014 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 177 del 19 de septiembre de 2014, el Ministro de Hacienda y Crédito Público en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 14 de octubre de 2014 el Convenio de Préstamo No.1605P, con la OPEC Fund for International Development (OFID).

II

Que mediante el referido Convenio de Préstamo No.1605P, la OPEC Fund for International Development (OFID) le otorga al Gobierno de la República de Nicaragua, un financiamiento por un monto de Nueve Millones Cuatrocientos Mil Dólares en moneda de Estados Unidos de América (US$9,400,000.00) aproximadamente en carácter de préstamo, para financiar el “Proyecto de Mejoramiento del Camino San Juan de Río Coco – Las Cruces”, que será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).

III

Que el préstamo contratado con la OPEC Fund for International Development (OFID), tiene una concesionalidad ponderada de 47.0% aproximadamente, en combinación con los cofinanciamiento del Programa Transporte, y la concesionalidad del préstamo al momento de la firma es de 28.44% aproximadamente, el cual está en armonía con los Lineamientos de la Política de Endeudamiento Público del año 2014, Decreto No. 24-2013 publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 133 del miércoles 17 de julio de 2013, y a los objetivos propuestos en la “Estrategia Nacional de Deuda Pública”, 2013 – 2015” Decreto No. 45-2012, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre de 2012 y a lo establecido en la Ley No. 477, “Ley General de Deuda Pública”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 236 del 12 de diciembre de 2003 y artículo 50, numeral 3 del Reglamento, Decreto No. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 21 del 30 de enero de 2004.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A. N. N°. 7618

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONVENIO DE PRÉSTAMO No. 1605P, SUSCRITO EL 14 DE OCTUBRE DE 2014, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA OPEC FUND FOR INTERNATIONAL DEVELOPMENT (OFID), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DEL CAMINO SAN JUAN DE RÍO COCO – LAS CRUCES

Artículo 1 Apruébese el Convenio de Préstamo No. 1605P, suscrito el 14 de octubre de 2014, entre la República de Nicaragua, representada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Nicaragua y la OPEC Fund for International Development (OFID), por un monto de Nueve Millones Cuatrocientos Mil Dólares en moneda de los Estados Unidos de América (US$9,400,000.00), para financiar el “Proyecto de Mejoramiento del Camino San Juan de Río Coco – Las Cruces”, el cual será ejecutado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil catorce. Lic. Iris Montenegro Blandón, Presidenta por la Ley de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Observación: Se respeta la publicación de esta norma jurídica en La Gaceta, Diario Oficial.

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