Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Acuerdos Presidenciales
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CELÉBRESE EL SEGUNDO CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE DON MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

ACUERDO PRESIDENCIAL N°. 565, aprobado el 17 de abril de 1953

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 97 del 29 de abril de 1953

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

En uso de sus facultades,

CONSIDERANDO:

Que el 8 de Mayo de 1953 se cumplirá el Segundo Centenario del Nacimiento del Padre de la Independencia de México, don Miguel Hidalgo y Costilla, suceso de trascendental significado cívico que conmueve especialmente a la conciencia democrática de América;
CONSIDERANDO:

Que el grito de Dolores, que dio el Cura Hidalgo, en la noche del 15 de Septiembre de 1810, fue precursor no sólo de la independencia de México si no también de la de Centroamérica, lograda por feliz coincidencia el 15 de Septiembre de 1821;
CONSIDERANDO:

Que ese movimiento libertador contribuyo asimismo al desarrollo de los acontecimientos históricos vinculados con la independencia de los pueblos que ahora componen las naciones de habla hispana; y que por la devoción de nuestra Patria a la noble causa de la libertad, que se traduce en culto a sus héroes y mártires, el Gobierno y pueblo de Nicaragua se solidarizan con el sentimiento del Gobierno y pueblo de mexicanos, en ocasión del Segundo Centenario del Nacimiento del prócer Hidalgo y Costilla;
CONSIDERANDO:

Que la justa exaltación de este gran hombre es también un merecido homenaje a la gloriosa República de México, que tantos otros eminentes varones ha dado al servicio de la libertad de independencia, contribuyendo así al afianzamiento de las conquistas morales y cívicas que más dignifican al hombre;
ACUERDA:

Único.- Celebrar en la Universidad Nacional de Nicaragua y en los centros de Enseñanza de la República que estuvieren en función, el día 8 de Mayo del corriente año, el Segundo Centenario del Nacimiento del ínclito don Miguel Hidalgo y Costilla, mediante actos conmemorativos que pongan de manifiesto la importancia que tiene para la consagración de los ideales de libertad la obra redentora del eximio patriota mexicano.

Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 17 de Abril de 1953.- SOMOZA.- El Ministro de Educación Pública, CRISANTO SACASA.
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