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DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO "LOS CALPULES"
DECRETO EJECUTIVO N°. 51-93, aprobado el 08 de noviembre de 1993
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 215 del 12 de noviembre de 1993
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha establecido como una de sus prioridades el desarrollo del Sistema Energético, a fin de proveer la infraestructura básica que el país requiere para su desarrollo económico.
II
Que el Estado a través del INSTITUTO NICARAGÜENSE DE ENERGÍA (INE), ha realizado estudios e investigaciones para el mayor aprovechamiento de los Recursos Energéticos Autóctonos, especialmente Geotérmicos e Hídricos.
III
Que dentro de dichas investigaciones hidroeléctricas se encuentra el Proyecto denominado "LOS CALPULES", con cuya construcción se aprovecharán las aguas turbinadas del Lago de Apanás proveniente de la Planta Centro América y el aprovechamiento de las aguas del Río Viejo.
IV
Que la ejecución de las obras de dicho proyecto es de vital importancia para el desarrollo de la economía nacional ya que tiene por objeto la construcción de una planta generadora de energía eléctrica necesaria para el desarrollo y progreso general del país.
V
Que para la ejecución de dichas obras comprendidas en el proyecto es indispensable la adquisición de algunas propiedades que forzosamente quedarán inundadas por el embalse que se formará como consecuencia de la construcción de una presa, así como también se verán afectadas otras propiedades para la construcción de las obras tales como la construcción de una línea de transmisión de 138 KV. y la construcción de una Planta de Generación de 6 MW., la misma presa ya mencionada y otras obras conexas al mencionado proyecto.
POR TANTO
En uso de sus facultades y en base a los artículos. 2, 5 y 7 del Decreto No. 229 del 26 de Febrero de 1976, "Ley de Expropiación", publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 58 del 9 de Marzo de 1976.
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO "LOS CALPULES"
Artículo 1.- Declárase de Utilidad Pública la Construcción de todas las obras necesarias para la ejecución del Proyecto "Los Calpules" ubicado en el área montañosa semi-árida del Departamento de Jinotega en el sitio Los Calpules, Comuna de Santa Ana, Municipio de Jinotega en un área de 60 hectáreas y 8,629.89 m2.
Artículo 2.- Desígnase como beneficiario y Unidad Ejecutora de la construcción de todas las obras declaradas de utilidad pública a que se refiere el presente Decreto al INSTITUTO NICARAGÜENSE ENERGÍA (INE), Ente Autónomo del Dominio Industrial del Estado, al que se le faculta para demandar y gestionar las expropiaciones que sean necesarias para cumplir con los requerimientos que sean necesarios.
Artículo 3.- Las obras a ejecutarse y que constituyen el Proyecto Hidroeléctrico "Los Calpules" son las siguientes: Una presa de gravedad de concreto, un pequeño embalse, una casa de máquinas, una sub-estación, una línea de transmisión de 800 m. de longitud, una pequeña villa de operadores y otras conexas.
Artículo 4.- Las personas que se consideren afectadas en sus bienes por las obras a construirse, gozarán de un plazo de quince (15) días contados a partir de la publicación del presente Decreto en La Gaceta, Diario Oficial, para comparecer a las oficinas del Instituto Nicaragüense de Energía, Dirección de Asesoría Legal para llegar a un advenimiento sobre el monto y forma de pago de la indemnización a que tenga derecho por la construcción de dichas obras.
Artículo 5.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los ocho días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y tres. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.