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Sin Vigencia
DECRETO LEJISLATIVO DE 29 DE MARZO DE 1865, FACULTANDO AL GOBIERNO PARA HACER VENIR A CONTRATAR UN CUÑO
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 28 de marzo de 1865
Código de la Legislación de la República de Nicaragua. De la Rocha, Jesús, del 29 de marzo de 1865
Art. 1° El Gobierno hará venir a contratar con cualquiera compañía extranjera un cuño para moneda de oro i plata.
Art. 2° La Lejislatura, en sus próximas sesiones, fijará la lei, tipo, peso, valor i denominación de la moneda que debe acuñar.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.