Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Sistema de Administración Financiera
Categoría normativa: Decretos Legislativos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2222, SUSCRITO EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2018 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LAS CAPACIDADES TÉCNICAS Y OPERATIVAS DE PUERTO CORINTO

DECRETO LEGISLATIVO A.N. N°. 8473, aprobado el 31 de octubre de 2018

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 215 del 06 de noviembre de 2018

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial N°. 127-2018 publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 168 del 31 de agosto de 2018, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, actuando en nombre y representación del Gobierno de la República de Nicaragua, suscribió el 18 de septiembre de 2018, el Contrato de Préstamo N°. 2222 con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).

II

Que mediante el Contrato de Préstamo N°. 2222 el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por un monto de Ciento sesenta y tres millones doscientos mil dólares (US$163,200,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, para financiar el "Proyecto de Mejoramiento de las Capacidades Técnicas y Operativas de Puerto Corinto" cuyas condiciones financieras son: a quince ( 15) años de plazo, incluyendo un período de gracia de tres (3) años; una tasa de interés Libor a seis (6) meses revisable y ajustable semestralmente, más un margen establecido por el BCIE que inicialmente será de doscientos cincuenta (250) puntos básicos, revisable y ajustable trimestralmente, durante la vigencia del préstamo; una comisión de compromiso de un cuarto ('14) del uno por ciento ( 1 %) anual, sobre saldos no desembolsados, pagadera a partir de la fecha de entrada en vigencia del contrato y hasta que se haga efectivo el último desembolso del préstamo y una comisión de seguimiento y administración de un cuarto (\4) del uno por ciento ( 1 %) sobre el monto total del préstamo, pagadera de una sola vez, a más tardar al momento del primer desembolso del préstamo.

III

Que la ejecución del "Proyecto de Mejoramiento de las Capacidades Técnicas y Operativas de Puerto Corinto" contribuirá a mejorar y ampliar la capacidad operativa y técnica de Puerto Corinto para la atención de carga internacional y buques, de tal manera que contribuya a la mejora y fortalecimiento de la competitividad del país en el ámbito del comercio internacional.

IV

Las condiciones financieras de los recursos ordinarios del BCIE, permiten un nivel de concesionalidad de 0.39% que en término de plazo, período de gracia y tasa de interés cumplen con los requerimientos de los Lineamientos de la Política Anual de Endeudamiento Público 2018, Decreto N°. 13-2017, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 139 del 25 de julio de 2017, con los objetivos de la Estrategia Nacional de Deuda Pública 2016-2019, Decreto N°. 06-2016 publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 09 de marzo de 2016 y con lo establecido en la Ley N°. 477, Ley General de Deuda Pública, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 236 del 12 de diciembre de 2003 y el numeral 3 del Artículo 50 de su Reglamento, Decreto N°. 2-2004, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 30 de enero de 2004.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. N°. 8473

DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N°. 2222, SUSCRITO EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2018 ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA (BCIE), PARA FINANCIAR EL "PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LAS CAPACIDADES TÉCNICAS Y OPERATIVAS DE PUERTO CORINTO"

Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo N°. 2222 suscrito el 18 de septiembre de 2018 entre la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por un monto total de Ciento sesenta y tres millones doscientos mil dólares (US$163,200,000.00), moneda de los Estados Unidos de América, para financiar la ejecución del “Proyecto de Mejoramiento de las Capacidades Técnicas y Operativas de Puerto Corinto" cuyo organismo ejecutor será la Empresa Portuaria Nacional.

Artículo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto: Publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. Dr. Gustavo Eduardo Porras Cortés, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria de la Asamblea Nacional.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa