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DECRETO DE ADSCRIPCIÓN DE LA OFICINA DE ÉTICA PÚBLICA (OEP) A LA SECRETARÍA PRIVADA PARA POLÍTICAS NACIONALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DECRETO EJECUTIVO N°. 40-2012, aprobado el 30 de octubre de 2012
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 211 del 5 de noviembre de 2012
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECRETO DE ADSCRIPCIÓN DE LA OFICINA DE ÉTICA PÚBLICA (OEP) A LA SECRETARÍA PRIVADA PARA POLÍTICAS NACIONALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA.
Artículo 1. Se adscribe la Oficina de Ética Pública (OEP) a la Secretaría Privada para Políticas Nacionales de la Presidencia de la República.
Artículo 2. La Oficina de Ética Pública (OEP), mantiene su competencia, atribuciones y funciones que tenía en la Procuraduría General de la República, organizada en dos áreas de trabajo: La de “Prevención (Análisis de Riesgos)” y la de “Promoción y Educación”.
La Oficina de Ética Pública estará subordinada a la Secretaría Privada para Políticas Nacionales, en todas las competencias, atribuciones, jerarquías, funciones, organización, presupuesto, administrativas, de nombramiento y remoción de personal.
Artículo 3. Se deroga el Decreto Número 49-2009, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 128 del 9 de Julio de 2009, en donde se adscribía la Oficina de Ética Pública (OEP) a la Procuraduría General de la República.
Artículo 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día treinta de Octubre del año dos mil doce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.