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Sin Vigencia
DECRETO, RESOLVIENDO UNA DUDA EN EL FUERO DE GUERRA
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 05 de abril de 1884
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 16 del 19 de abril de 1884
El Presidente de la República,
Habiéndose suscitado dudas respecto de la fecha en que empiezan á gozar del fuero de guerra los Oficiales del Ejército; en uso de sus facultades,
Decreta:
Art. Único - Los Oficiales del Ejército gozarán del fuero de guerra desde la fecha del acuerdo en que se les haya conferido el grado militar, debiendo comprobarse con el despacho respectivo.
Dado en Managua, á 5 de Abril de 1884 - Adán Cárdenas - El Subsecretario de la Guerra - Pedro R. Ortega.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.