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Sin Vigencia
DE REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290 Y SUS REFORMAS, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO
DECRETO EJECUTIVO N°. 23-2014, aprobado el 10 de abril de 2014
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 82 del 7 de mayo de 2014
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la
Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE REFORMA AL DECRETO N°. 71-98, REGLAMENTO DE LA LEY N°. 290 Y SUS REFORMAS, “LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO”.
Artículo 1. En materia de la estructura de la Presidencia de la República, se adiciona el numeral 1.15 al artículo 4 del Decreto N°. 71-98 y sus reformas “Reglamento de la Ley N°. 290 “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”, el que se leerá así:
“Articulo 4. Estructura. Para el adecuado funcionamiento, la Presidencia de la República se estructura en:
1. Asesores del Presidente de la República:
1.15. Asesor del Presidente de la República para Políticas Internacionales”.
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diez de abril del año dos mil catorce. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales.